Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 4/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín oficial de la Provincia de soria Núm. 26

Miércoles, 4 de marzo de 2020

Pág. 468

BOPSO-26-04032020

http www.dipsoria.es/areas-diputacion/desarrollo-economico-y-turismo/det/ayudas-y-subenciones soria, 27 de febrero de 2020 El Presidente, Benito serrano mata.
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EXTRACTO del acuerdo de Junta de Gobierno de 24 de febrero 2020 por el que se convocan subvenciones para la reducción de los costes financieros de proyectos de inversión 2020.
de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios.
Podrán acogerse a estas ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
tener domicilio fiscal o centro de trabajo en la provincia de soria. En el caso de que la empresa tenga únicamente centro de trabajo y no domicilio fiscal, las inversiones deberán destinarse inequívocamente al centro de trabajo que la empresa tenga en la provincia de soria.
Para la definición de empresa se estará a lo establecido en la recomendación de la comisión de 6 de mayo de 2003, doUE 20.05.2003, l 124/39, que en su artículo primero define empresa como toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. Quedan excluidas, no obstante, las comunidades de bienes, sociedades civiles y asociaciones.
En el caso de empresas de nueva creación que no tengan centro de trabajo en la provincia en el momento de realizar la solicitud deberán aportar una declaración responsable de la ubicación de la futura instalación en el momento de presentar la solicitud y la documentación del centro de trabajo en el momento de presentar la justificación.
no tendrán la condición de beneficiario aquellas personas o entidades que se encuentren en alguna de las condiciones establecidas en el art. 13.2 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.
no podrán acogerse a esta convocatoria aquellas empresas que hayan recibido subvención de esta línea de subvención en las convocatorias de 2018 y 2019.
Segundo. Objeto.
las presentes bases regulan el contenido y procedimiento de tramitación de las ayudas para aminorar determinados costes derivados de la formalización de préstamos y créditos suscritos con entidades financieras registradas en el Banco de España y destinados a nuevas inversiones productivas en cualquier sector de la economía provincial.
Quedan excluidos de la presente convocatoria los sectores que figuran en al anexo i del tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Tercero. Bases reguladoras.
ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones por la diputación de soria Boletín Oficial de la Provincia nº 147 de 23 de diciembre de 2009.
http www.dipsoria.es/sites/dipsoria/files/public/paginas/archivos/ordenanza_general_reguladora_de_la_concesion_de_subvenciones.pdf

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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 4/3/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Soria

CountrySpain

Date04/03/2020

Page count24

Edition count2685

First edition04/05/2005

Last issue27/05/2024

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