Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 17/12/2018
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria
Boletín Oficial de la Provincia de Soria Núm. 144
Lunes, 17 de diciembre de 2018
ADMINISTRACIÓN LOCAL
D I P U TA C I Ó N P R O V I N C I A L D E S O R I A
BOPSO-144-17122018
DESARROLLO ECONÓMICO Y TURISMO
Pág. 3494
EXTRACTO del acuerdo de Junta de Gobierno de 11 de diciembre de 2018 por el que se convocan ayudas a familias residentes en la provincia de Soria para promover la natalidad.
Año 2018.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios:
Podrán beneficiarse de las siguientes subvenciones las unidades familiares que cumplan los requisitos recogidos en la presente base.
Definiciones:
Situación subvencionable:
El nacimiento, adopción o acogimiento permanente de niños menores de seis años, desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018.
Aquellos progenitores que hayan recibido subvención en la convocatoria de 2017 y cumplan en 2018 el requisito de empadronamiento continuado en la provincia de Soria.
Unidad familiar: Se considera como tal la compuesta por el solicitante de la ayuda, su cónyuge, si lo hubiera y no media nulidad, separación o divorcio, y la pareja de hecho inscrita en el registro correspondiente y sus hijos.
Solamente se podrá solicitar una subvención por cada niño nacido o adoptado en el período subvencionable establecido en esta convocatoria y solamente podrá hacerlo un miembro de la unidad familiar.
En caso de nulidad, separación o divorcio, la solicitud podrá hacerla el cónyuge que ostente la guardia y custodia del hijo cuyo nacimiento da derecho a solicitar la subvención.
En el caso de guardia y custodia compartida, ambos progenitores podrán solicitar la subvención, pero únicamente por la mitad de la ayuda cada uno.
En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores privados de la patria potestad de sus hijos o cuya tutela haya sido asumida por una institución pública.
Los requisitos que deben cumplir todos los miembros de la unidad familiar a la que pertenezca el solicitante excepto los casos recogidos en la cláusula sexta de esta convocatoria son los siguientes:
1.- Tener residencia legal en la provincia de Soria. En el caso de no nacionales de Estados Miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo la residencia en España deberá tener carácter permanente.
2.- Estar empadronado durante los seis meses anteriores a la solicitud de manera ininterrumpida en cualquier municipio de la provincia de Soria.
En el caso de los beneficiarios de la convocatoria de 2017, deberán haber permanecido ininterrumpidamente empadronados en la provincia de Soria desde los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud de 2017.