Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 4/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca

N.º 65 Lunes 4 de Abril de 2022
Pág. 72

IV. Administración Local OTROS ENTES LOCALES

REGTSA
EDICTO
El Consejo de Administración de REGTSA, en sesión ordinaria celebrada el día 11 de febrero de 2022, aprobó el Plan de Inspección Tributaria para el ejercicio 2022.
EI Plan de Inspección Tributaria es el instrumento básico de planificación, en el que se realiza la previsión cuantitativa y cualitativa de las actuaciones que en el ámbito del control tributario va a realizar la Inspección Tributaria durante el año.
EI artículo 116 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone que "La Administración Tributaria elaborará anualmente un plan de control tributario que tendrá carácter reservado, aunque ello no impedirá que se hagan públicos los criterios generales que lo informen.
A su vez, el artículo 170.7 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, establece que "Los planes de inspección, los medios informáticos de tratamiento de información y los demás sistemas de selección de los obligados tributarios que vayan a ser objeto de actuaciones inspectoras tendrán carácter reservado, no serán objeto de publicidad o de comunicación ni se pondrán de manifiesto a los obligados tributarios ni a órganos ajenos a la aplicación de los tributos".
En cumplimiento del citado artículo 116 de la Ley General Tributaria y, con los límites establecidos en su Reglamento de desarrollo, se procede a hacer públicos los criterios generales que informan el Plan de Inspección de REGTSA para el ejercicio 2022.
CRITERIOS GENERALES DEL PLAN DE INSPECCION TRIBUTARIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA REGTSA PARA EL EJERCICIO 2022.
PRIMERO.- El alcance de las funciones inspectoras se extenderá, para este ejercicio, por una parte, al Impuesto sobre Actividades Económicas, por delegación de la Administración Tributaria del Estado y, por otra, al resto de tributos propios de los Ayuntamientos y Mancomunidades cuya Inspección ha sido delegada en REGTSA, así como los de la propia Diputación Provincial de Salamanca.
SEGUNDO.- Se podrán llevar a cabo actuaciones puntuales de Inspección de los tributos propios de los Ayuntamientos y Mancomunidades que han delegado la Inspección Tributaria en REGTSA.
Estas actuaciones inspectoras, sobre las Tasas municipales, comprenderán la revisión y actualización de las listas cobratorias, mediante muestreos in situ y cruces de datos de distintos padrones de Impuestos y Tasas municipales.
TERCERO.- Respecto al Impuesto sobre Actividades Económicas, se establecen como criterios determinantes para seleccionar los obligados tributarios susceptibles de ser requeridos, los que tributen por epígrafes de actividad que contengan elementos tributarios de carácter variable, que hayan declarado unos elementos tributarios manifiestamente bajos para la activi-

CVE: BOP-SA-20220404-022

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Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 4/4/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Salamanca

CountrySpain

Date04/04/2022

Page count75

Edition count2977

First edition11/06/2012

Last issue06/06/2024

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