Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 9/10/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

LEYES DE LA PROVINCIA
LEY 2959
POR CUANTO:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DEL NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1: Autorízase al Poder Ejecutivo a contraer un préstamo por la suma de hasta pesos cincuenta millones $50.000.000 con más sus intereses, comisiones, gastos y accesorios, de acuerdo y en los términos de la Ley Nacional 24.855, de Desarrollo Regional y Generación de Empleo y su Decreto Reglamentario 924/97; el Decreto PEN 228/98 y el Decreto Provincial 275/98.
Artículo 2: Autorízase al Poder Ejecutivo a suscribir, con el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, los convenios que sean necesarios para obtener financiamiento de la obra Colectores Pluviales para la ciudad de Rincón de los Sauces.

Neuquén, 09 de Octubre de 2015

el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo con lo establecido por los Artículos 1, 2 y 3 del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, como garantía de cumplimiento del endeudamiento que se autoriza en la presente norma, hasta el monto total del préstamo con más sus intereses, comisiones, gastos y accesorios.
Artículo 5: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los veintitrés días de septiembre de dos mil quince.
Fdo. Graciela María Muñiz Saavedra Vicepresidenta 1º a/c Presidencia H. Legislatura del Neuquén Lic. María Inés Zingoni Secretaria H. Legislatura del Neuquén Registrada bajo número: 2959
Neuquén, 07 de octubre de 2015.

Artículo 3º: Establécese que la modalidad de financiamiento se ajustará a las condiciones, plazos y montos que se especifican en el proyecto de Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera, consensuado entre las partes en un marco conciliatorio y que forma parte de la presente Ley como Anexo I.

POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y Archívese.

Artículo 4: Autorízase al Poder Ejecutivo a afectar las sumas a percibir por
FDO. SAPAG
GUTIÉRREZ

DECRETO Nº 1981/2015.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 9/10/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date09/10/2015

Page count56

Edition count1313

First edition12/01/2001

Last issue14/05/2024

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