Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 6/6/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 06 de Junio de 2014

BOLETIN OFICIAL

ción de Cuentas Ejercicio 2012, Expediente Nº 5600-01110/2012, en trámite por ante este Tribunal; Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Tener por presentada extemporáneamente -con 01/10/2013- la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Piedra del Águila Ejercicio 2012, efectuada mediante los Estados de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, de Situación Financiera y Patrimonial y Anexo Bienes de Uso y de Tesorería, por el Ejercicio Financiero finalizado al 31 de diciembre de 2012. Artículo 2º:
Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Piedra del Águila, correspondiente al Ejercicio 2012, conforme al Informe del Auditor Nº 4757/13-D.M. y C.F., sus limitaciones, sus salvedades y Observaciones, respecto a la razonabilidad de las cifras expuestas en el Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, el Estado de Situación Financiera y Patrimonial y Anexo de Bienes de Uso y en el Estado de Tesorería por el Ejercicio Financiero finalizado al 31 de diciembre de 2012. El Ente auditado ha dado cumplimiento de las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueron objeto de examen; salvo las observaciones referidas en el Artículo 3º y lo expresado en el Considerando IV del presente Acuerdo. Artículo 3º: Por Secretaría, dar traslado a los obligados a rendir Cuentas, a las señoras María Adriana Figueroa -Intendentey Dra. María Carolina Hernández -Secretaria de Hacienda-, conjuntamente con la notificación del presente Acuerdo, de las Observaciones como Nº 1 inc. a a d; Nº 2 inc.
a a d; Nº 3 inc. a a e; Nº 4 inc. a y Nº 5 inc. a, formuladas en el Anexo I de su Informe del Auditor Nº 4757/13-D.M y C.F., a efectos que en un plazo improrrogable de 20 veinte días contados a partir de la notificación del presente acuerdo, presenten los Descargos que consideren pertinentes.
Artículo 4º: Vencido el plazo oportunamente otorgado, gírense las actuaciones a la Auditoría Fiscal para que produzca el respectivo Informe sobre Descargos. Artículo 5º: Advertir a las autoridades municipales que deberán arbitrar las medidas que resulten conducentes tendientes a evitar, en los siguientes ejercicios, las situaciones observadas en el Considerando IV, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones pecuniarias que establece la Ley 2141. Artículo 6º: Notificar el presente Acuerdo al Concejo Deliberante para su toma de
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conocimiento y demás efectos que correspondan.
Artículo 7º: Excluir de los alcances del presente decisorio toda actuación sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o sede judicial relacionada con la Rendición de Cuentas auditada.
Artículo 8º: Regístrese, notifíquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación. Fdo.
Dr. Hugo R. Acuña Presidente, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Cra. María L. Ruíz Vocal Subrogante, Cr.
Julio R. Iglesias Vocal Subrogante, Cra. Marina B.
Morandi Vocal Subrogante, Dra. Mónica S. Eberbach Secretaria.


ACUERDO C - 4491. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil catorce, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución definitiva en relación a los autos caratulados: Municipalidad de Mariano Moreno - Rendición de Cuentas Ejercicio 2012, Expediente Nº 560001137/2012, en trámite por ante este Tribunal;
Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Tener por presentada -con fecha 30/05/2013- la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Mariano Moreno Ejercicio 2012, efectuada mediante los Estados de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, de Situación Financiera y Patrimonial y Anexo de los Bienes de Uso y de Tesorería, correspondientes al Ejercicio Financiero finalizado al 31
de diciembre de 2012. Artículo 2º: Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Mariano Moreno correspondiente al Ejercicio 2012, conforme al Informe de Auditoría Nº 4770/13-D.M. y C.F., sus limitaciones y salvedades -señaladas en el Considerando IV del presentey sus Observaciones, lo que lleva a no emitir opinión sobre razonabilidad de las cifras expuestas en el Estado de Ejecución de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, Estado de Situación Financiera y Patrimonial y Anexo de los Bienes de Uso, y Estado de Tesorería referidos al 31
de diciembre de 2012. El cumplimiento por parte del ente auditado, de las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueran objeto de examen, ha sido relativamente limitado, tal como resulta de las Observaciones detalladas en el Artículo 3º y lo expresado en el Considerando IV del presente Acuerdo. Artículo 3º: Por Secretaría dar traslado a los obligados a rendir cuentas, señores

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 6/6/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date06/06/2014

Page count48

Edition count1313

First edition12/01/2001

Last issue14/05/2024

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