Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 6/6/2014
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén
Neuquén, 06 de Junio de 2014
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BOLETIN OFICIAL
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2.140,99
2.173,91
2.217,81
2.250,73
1.986,13
2.019,05
2.151,97
2.173,91
2.195,86
2.217,81
2.250,73
2.278,16
1.787,99
1.859,94
1.931,26
1.975,16
2.008,08
2.140,99
2.173,91
2.217,81
2.250,73
Artículo 2: Fíjase, a partir del 1 de mayo de 2014, un incremento salarial del diez por ciento 10% en la asignación de la categoría MF-1 y en las asignaciones especiales creadas por el Artículo 8 de la Ley 2350 y sus modificatorias y por los Artículos 5º y 6 de la Ley 2526, calculado sobre el salario del mes anterior.
Artículo 3: Fíjase, a partir del 1 de junio de 2014, un incremento salarial del diez por ciento 10% en la asignación de la categoría MF-1 y en las asignaciones especiales creadas por el Artículo 8 de la Ley 2350 y sus modificatorias y por los Artículos 5º y 6 de la Ley 2526, calculado sobre el salario del mes anterior.
Artículo 4: Fíjase, a partir del 1 de septiembre de 2014, un incremento salarial del cinco por ciento 5% en la asignación de la categoría MF-1
y en las asignaciones especiales creadas por el Artículo 8 de la Ley 2350 y sus modificatorias y por los Artículos 5º y 6 de la Ley 2526, calculado sobre el salario del mes anterior.
Artículo 5: Establécese que la mayor erogación en el inciso Personal, que implica la aplicación de la presente Ley, se debe afrontar con
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arreglo a Presupuesto Judicial vigente. En caso de ser insuficiente, se autoriza al Poder Judicial a realizar las gestiones necesarias para dar cobertura al Acuerdo logrado. También, se lo faculta a realizar las reestructuras y modificaciones presupuestarias que correspondan.
Artículo 6: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los veintidós días de mayo de dos mil catorce.
Fdo. Dra. Ana María Pechen Presidenta H. Legislatura del Neuquén Lic. María Inés Zingoni Secretaria H. Legislatura del Neuquén Registrada bajo número: 2911
Neuquén, 02 de junio de 2014
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al registro y Boletín Oficial y Archívese.
DECRETO Nº 1019/2014.
Fdo. SAPAG
GUTIÉRREZ
LEY 2913
POR CUANTO:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
CAPÍTULO I
DECLARACIÓN DE LA EMERGENCIA Y
DESASTRE AGROPECUARIO
Artículo 1: Declárase la Emergencia y Desas-