Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 25/09/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 221 mércores, 25 de setembro de 2019

BOP Lugo
5.- Dar traslado de la información patrimonial obtenida del punto neutro judicial, para que en el término de CINCO
DIAS, designen bienes para embargo e insten las diligencias que a su derecho interesen.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 37040000640158/19 abierta en BANESTO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 SocialRevisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LUCIA TEJEDO MUIÑA Y GECONSA ENTIDAD SIN
PERSONALIDAD JURIDICA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia de Lugo.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
SALAMANCA, a diecisiete de septiembre de dos mil diecinueve.- EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA.
R. 2835

Anuncio D/D MANUEL J. MARÍN MADRAZO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de SALAMANCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES nº. 151/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/D RUBEN SANCHEZ MANSO contra GECONSA ENTIDAD SIN PERSONALIDAD JURIDICA, LUCIA
TEJEDO MUIÑA sobre ORDINARIO, se han dictado las siguientes resoluciones:
AUTO
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, RUBEN SANCHEZ MANSO, frente a GECONSA ENTIDAD SIN PERSONALIDAD JURIDICA y LUCIA TEJEDO MUIÑA, parte ejecutada, por importe de 15.289,26 euros en concepto de principal, más otros 3.000 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Anuncio publicado en: Num BOP 221 año 2019 25/09/2019
24/09/2019 08:00:00
11:44:06

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 25/09/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

CountrySpain

Date25/09/2019

Page count10

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