Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 03/08/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 177 sábado, 3 de agosto de 2019

BOP Lugo
embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
2.- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.
3.-El embargo de los saldos de las cuentas bancarias a nombre de la parte ejecutada, a través de la aplicación informática del Punto Neutro Judicial, en cuantía suficiente para cubrir las siguientes cantidades: 3.478,98€ de principal, más otros 700€ para intereses y costas.
4.- El embargo de cualquier cantidad pendiente de abonar por la Agencia Tributaria a la parte ejecutada por cualquier concepto, en cuantía suficiente a cubrir el principal y costas reclamadas.
5.- Dar traslado de la información patrimonial obtenida del punto neutro judicial, para que en el término de CINCO DIAS, designen bienes para embargo e insten las diligencias que a su derecho interesen.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 3704000064013619 abierta en BANESTO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 SocialRevisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa.
Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LUCIA TEJEDO MUIÑA y GECONSA ENTIDAD SIN
PERSONALIDAD JURIDICA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Lugo.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En SALAMANCA, a diecisiete de Julio de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
R. 2347

XULGADO DO SOCIAL N.º 3 LUGO
Anuncio DOÑA MARÍA DE LOS ÁNGELES LÓPEZ CARBALLO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 3 de LUGO, HAGO SABER:
Que en el procedimiento de EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES Nº84/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de IBERMUTUA Mútua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la empresa ROBALIZA, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado DECRETO de fecha 22-07-2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
ACUERDO EL EMBARGO Y RETENCIÓN de los saldos existentes a favor de la empresa ejecutada ROBALIZA, S.L. en entidades que figuran en el informe de averiguación patrimonial integral obtenido, y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas y que asciende a 465,50 EUROS, en concepto de principal, más 93,10 EUROS presupuestados prudencialmente para intereses y costas de ejecución. A tal efecto, se da la oportuna orden a través de la correspondiente aplicación informática.

Anuncio publicado en: Num BOP 177 año 2019 02/08/2019 13:38:32
03/08/2019 08:00:00

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación.
El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

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Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 03/08/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

CountrySpain

Date03/08/2019

Page count12

Edition count3289

First edition01/03/2013

Last issue29/04/2024

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