Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/7/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 10.265

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Acuerdo de Colaboración, suscripto en la provincia de La Rioja, entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, representado en este acto por la señora Ministra, Arquitecta María Eugenia Bielsa y la Provincia de La Rioja representada en este acto por el señor Gobernador, D Ricardo Quintela, en el Programa Federal Argentina Construye y en el Programa Federal Argentina Construye Solidaria.
Artículo 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 135º Período Legislativo, a dieciocho días del mes de junio del año dos mil veinte.
Proyecto presentado por la Función Ejecutiva.
María Florencia López - Presidente - Cámara de Diputados - Juan Manuel Ártico - Secretario Legislativo ANEXO
Acuerdo de Colaboración entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat y la Provincia de La Rioja en el Programa Federal Argentina Construye y en el Programa Federal Argentina Construye Solidaria Entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación en adelante, el MDTYH por una parte, representado en este acto por la señora Ministra, Arquitecta María Eugenia Bielsa, con domicilio legal en la calle Esmeralda 255 Piso 8º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y la Provincia de La Rioja en adelante la Provincia representada en este acto por el señor Gobernador, D Ricardo Quintela, con domicilio constituido en calle San Nicolás de Bari y 25 de Mayo de la Ciudad de La Rioja indistintamente las Partes y;
Considerando:
Que en razón de la profunda crisis socioeconómica actual, producto de los efectos que la pandemia de Coronavirus Covid-19 impuso sobre las distintas actividades económicas y en el marco del Aislamiento Social, Preventivo, Obligatorio, establecido por el Decreto Nº 297/20, el Poder Ejecutivo Nacional ha impulsado, el Programa Federal Argentina Construye y ha decidido que se ejecute a través del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.
Que el Programa Federal Argentina Construye es un programa federal de inversión pública destinado a
Viernes 24 de Julio de 2020

responder a la emergencia referida y atender al déficit habitacional en todo el país, dinamizando a la obra pública y privada y a todas las industrias relacionadas con la construcción, que son a su vez generadoras de empleo y producción.
Que el Programa Federal Argentina Construye propone diez líneas de trabajo a ser implementadas en coordinación con Provincias, Municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de políticas de hábitat destinadas a hogares deficitarios, a organizaciones comunitarias, al desarrollo territorial y a la infraestructura básica.
Que el Programa Federal Argentina Construye Solidaria tiene como objetivo el otorgamiento de subsidios para la compra de materiales destinados a la refacción de los espacios físicos de organizaciones no gubernamentales, asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas o mutuales debidamente autorizadas por la autoridad competente y entidades eclesiásticas reconocidas oficialmente, que no hayan recibido un subsidio de características análogas al presente, que realicen tareas de asistencia barrial y comunitaria en todas las Provincias y Municipios del País, cuyas actividades se vinculen a la asistencia en la alimentación, la educación, la salud, el medioambiente, la cultura, la inclusión de las personas con discapacidad, el acceso a la tierra, la vivienda y el hábitat, el desarrollo local, la economía social y solidaria, la promoción y protección de la identidad de género y diversidad y la preservación de las identidades culturales indígenas.
Que las líneas de trabajo de ambos Programas serán destinadas al mejoramiento de las sedes de las organizaciones comunitarias, a la construcción de viviendas, mejoramientos, ampliación, instalación de red de gas natural, desarrollo de núcleos sanitarios y conexiones domiciliarias a la infraestructura pública para las viviendas, lotes con servicios, equipamientos comunitarios y completamientos barriales, con el objeto de mejorar las condiciones del hábitat.
Que los Programas deben llevarse a cabo en un marco de coordinación y articulación entre distintos niveles de gobierno, tanto nacional como provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con las organizaciones comunitarias. Se ha previsto que la ejecución y control de los proyectos estén en cabeza del Estado Provincial o Municipal, según sea el caso.
Que la Provincia comparte plenamente los postulados del Programa Federal Argentina Construye y del Programa Federal Argentina Construye Solidaria y desea aunar esfuerzos a fin de lograr el mejoramiento de las condiciones de hábitat de sus habitantes y el desarrollo de la producción y del trabajo.
Que por lo expuesto, las Partes acuerdan celebrar el presente Acuerdo de Colaboración por lo que Convienen:

Primera: Las Partes se comprometen a colaborar en el desarrollo y en la implementación de las acciones conducentes a ejecutar el Programa Federal Argentina Construye y el Programa Federal Argentina Construye Solidaria y se sujetan al cumplimiento de las condiciones técnicas, administrativas, legales y

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/7/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date24/07/2020

Page count16

Edition count2468

First edition02/01/1998

Last issue21/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Julio 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031