Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 21/7/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 10.263

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Impóngase el nombre de Héctor David Gatica a la Escuela N 413 de la localidad de Ulapes, departamento General San Martín.
Artículo 2.- El Ministerio de Educación fijará la fecha en la cual se concretará el Acto Formal de Imposición de Nombre, dando cumplimiento a la normativa vigente.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 135 Período Legislativo, a cuatro días del mes de junio del año dos mil veinte. Proyecto presentado por los diputados César Uriel Vargas y Eduardo Raúl Andalor MC.

Martes 21 de Julio de 2020

Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador Dn. Ricardo Clemente Quintela -Plan Argentina Hace.
Artículo 2º.- Apruébase el Acuerdo Marco suscripto, en la provincia de La Rioja, entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación, representado en este acto por señor Ministro Dr. Gabriel Nicolás Katopodis y la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador Dn. Ricardo Clemente Quintela -Renovación Urbana del Área Central y Desages Pluviales.
Artículo 2º.- Los Acuerdos Marco, forma parte de la presente como Anexo.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 135º Período Legislativo, a dieciocho días del mes de junio del año dos mil veinte.
Proyecto presentado por la Función Ejecutiva.
María Florencia López - Presidenta - Cámara de Diputados - Juan Manuel Ártico - Secretario Legislativo ANEXO 1

María Florencia López - Presidenta - Cámara de Diputados - Juan Manuel Ártico - Secretario Legislativo DECRETO N 740
La Rioja, 25 de junio de 2020
Visto: el Expediente Código Al N 00210-9/20, mediante el cual, la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley N 10.263 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126, inc. 1 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 10.263, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 04 de junio de 2020.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Quintela, R.C., Gobernador - Molina, A.E., S.G.G.

LEY Nº 10.267
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1º.- Apruébase el Acuerdo Marco suscripto, en la provincia de La Rioja, entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación, representado en este acto por señor Ministro Dr. Gabriel Nicolás Katopodis y la
Acuerdo Marco entre el Ministerio de Obras Públicas y la Provincia de La Rioja Plan Argentina Hace En la ciudad de La Rioja, a los días del mes de junio de 2020, entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación, representado en este acto por el señor Ministro de Obras Públicas, Dr. Gabriel Nicolás Katopodis, D.N.I. N
18.431.166, con domicilio en la Avenida Hipólito Yrigoyen N 250, piso 11, Oficina 1114, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante El Ministerio, por una parte, y la Provincia de La Rioja representada en este acto por el señor Gobernador Ricardo Clemente Quintela, D.N.I. N
13.918.356, con domicilio en la calle 25 de Mayo y San Nicolás de Bari, ciudad de La Rioja, Provincia de La Rioja, en adelante La Provincia, por la otra, conjuntamente denominadas Las Partes, acuerdan celebrar el presente Acuerdo Marco, en adelante el Acuerdo Marco, y Considerando:
Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 21 bis de la Ley de Ministerios N 22.520 t.o. por Decreto N 438/92
y sus modificatorias, el Ministerio de Obras Públicas tiene entre sus competencias ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional. Así como también entender en el diseño y ejecución de los planes y programas relativos a obras públicas e infraestructura a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal, y en el control de su cumplimiento.
Que el Decreto N 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 establece como objetivo de la Secretaría de Obras Públicas el de intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en todas las materias relacionadas con obras de infraestructura habitacionales, viales, públicas e hídricas, en especial en los programas de inversión y preinversión pública de su competencia y en la coordinación de los planes, programas relativos a dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal que correspondan a la Jurisdicción.

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 21/7/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date21/07/2020

Page count12

Edition count2453

First edition02/01/1998

Last issue22/03/2024

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