Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 22/3/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 22 de Marzo de 2024

de actividades lucrativas.
Artículo 5º. CUOTA TRIBUTARIA
La tarifa de la Tasa de esta Ordenanza Fiscal, por cada uno de los usos del salón de actos del Ayuntamiento, del salón de actos y sala de ensayos y actividades del Centro Cívico y Casa de la Juventud, y las salas del Hogar del Pensionista, se establece en:
-Por usos para el desarrollo de actividades lucrativas, 7 euros por hora o fracción.
-Por usos para el desarrollo de actividades lucrativas por entidades de formación homologadas, 2 euros por hora o fracción.
Las tarifas de la Tasa de esta Ordenanza Fiscal por la utilización, cesión y aprovechamiento de la caseta municipal por personas físicas o jurídicas serán las siguientes:
1. Por uso de la caseta durante 4 días seguidos: 1.100 euros.
2. Por uso de la caseta durante 3 días seguidos: 900 euros.
3. Por uso de la caseta 2 días seguidos 650 euros.
4. Por uso de la caseta 1 día: 300 euros.
Las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro no abonarán la tasa correspondiente cuando realicen actividades no lucrativas, pero su uso sí estará supeditado a autorización previa y presentación de seguro de responsabilidad.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza Fiscal será de aplicación tras su aprobación definitiva y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y continuará vigente hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.
Villa del Río, 14 de marzo de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Jesús Morales Molina.

Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba Núm. 859/2024
Aprobada inicialmente la Ordenanza General de Administración Electrónica del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, por Acuerdo del Pleno de fecha 7 de marzo de 2024, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento:
http villanuevadecordoba.sedelectronica.es.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.
Villanueva de Córdoba, 11 de marzo de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Isaac Reyes Vioque.

Núm. 888/2024
ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL
Aprobado inicialmente, en sesión extraordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 12 de marzo de 2024, el Presupuesto General, Bases de Ejecución, y la Plantilla del personal funcio-

nario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2024, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva, por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
De conformidad con el acuerdo adoptado, el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no se presentaran reclamaciones.
Villanueva de Córdoba, 13 de marzo de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Isaac Reyes Vioque.

Ayuntamiento de Villanueva del Duque Núm. 912/2024
Don Miguel Granados Hinojosa, Alcalde del Ayuntamiento de Villanueva del Duque Córdoba, hace saber:
Que con fecha 13 de marzo de 2023, se ha dictado Resolución de Alcaldía nº 2024/00000049, sobre la rectificación de las bases que han de regir la convocatoria para la provisión de cuatro plazas de operario de limpieza jornada parcial para el Ayuntamiento de Villanueva del Duque, mediante sistema de concurso-oposición, y aprobadas por Resolución de Alcaldía nº 2022/00000253, se publica tal modificación a los efectos oportunos, siendo el tenor literal el siguiente:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Por Resolución de Alcaldía nº 2022/00000251, de fecha 25-112022, se aprobaban las bases y la convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir dos plazas de AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A para el Ayuntamiento de Villanueva del Duque, mediante sistema de concurso-oposición. Las mismas fueron objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 233, el 7 de diciembre de 2022.
Vista la base SÉPTIMA, en donde se establece el sistema de selección y específicamente la valoración de la Experiencia Profesional, se constata la omisión, en la redacción de dicha base, de la documentación necesaria para la acreditación de la experiencia profesional.
Considerando que se trata de un error material de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, aritméticos o de hecho existentes en sus actos.
Por todo lo anterior, y con la finalidad de llevar a cabo una aclaración del error material observable en las bases que rigen el proceso de selección.
A la vista de cuanto antecede, se observa que la presente rectificación de errores, materiales, aritméticos o de hecho, no supone una alteración, en ningún caso, del fondo del procedimiento que se viene tramitando. Siendo por ello posible proceder a la rectificación pretendida.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vi-

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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Nº 58 p.2440

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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 22/3/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date22/03/2024

Page count56

Edition count3540

First edition04/01/2010

Last issue15/05/2024

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