Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 28/5/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Jueves, 28 de Mayo de 2020

Instituto Provincial de Bienestar Social Córdoba Núm. 1.253/2020
CORRECCIÓN DE ERRORES CONVOCATORIA PÚBLICA DE
SUBVENCIONES DIRIGIDA A ENTIDADES SOCIALES PARA
FINANCIAR PROYECTOS DE SERVICIOS SOCIALES.
BDNS Identif. 506267
Extracto de la Resolución número 2020/00002029, de 25 de mayo de 2020, por la que se procede a la corrección de errores detectados en la resolución 2020/00001890, de 18 de mayo de 2020, del Sr. Presidente del Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba, por la que se aprueba la Convocatoria para la concesión de subvenciones a Entidades Sociales de la provincia de Córdoba para la financiación de Proyectos de Servicios Sociales.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto del contenido de la Resolución número 2020/00002029, de 25 de mayo de 2020, por la que se procede a la corrección de errores detectados en la resolución 2020/00001890, de 18 de mayo de 2020, del Sr. Presidente del Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba, por la que se aprueba la Convocatoria para la concesión de subvenciones a Entidades Sociales de la provincia de Córdoba para la financiación de Proyectos de Servicios Sociales, cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones:
http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index BOP número 95, de 20 de mayo de 2020: Anuncio número 1.189/2020:
En el ejercicio de las atribuciones conferidas por los Estatutos del Instituto Provincial de Bienestar Social, en atención a la designación efectuada por el Pleno de la Diputación de Córdoba en sesión ordinaria celebrada el pasado 21 de enero de 2020, conforme al procedimiento establecido en el artículo 14 de los Estatutos Sociales del Organismo Autónomo.
VISTO el informe de la Responsable de Administración y Gestión Presupuestaria, conformada por el Gerente del IPBS, de fecha 25 de mayo de 2020, en el que se propone la corrección de los errores materiales de hecho detectados en los apartados 3 y 5 del artículo 16 las Bases Reguladoras de la Convocatoria, para la concesión de Subvenciones a Entidades Sociales, aprobada por esta Presidencia mediante Resolución nº 2020/00001890, de 18 de mayo y publicada en el BOP Núm. 95, Anuncio Núm.
1.189.
CONSIDERANDO lo establecido en el apartado 2 del artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que permite que las Administraciones Públicas puedan rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos en sus actos, por este mi Decreto vengo a RESOLVER
PRIMERO. Corregir los errores mecanográficos detectados en los apartados 3 y 5 del Artículo 16 de las Bases Reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a Entidades Sociales, en los siguientes términos:
Donde dice:
3. Adecuación económica del proyecto y recursos aportados máximo 5 puntos.

Para este punto las entidades deberán pormenorizar el presupuesto presentado y, en particular, los gastos imputables a la realización del proyecto;
3.1. Equilibrio entre el coste de las actuaciones y los objetivos y resultados esperados máximo 2 puntos.
Si el coste de las actuaciones es coherente con los objetivos y resultados esperados: 2 puntos.
Si el coste de las actuaciones no es coherente con los objetivos y resultados esperados: 0 puntos.
3.2. Aportación de la entidad a la financiación del proyecto.
máximo 3 puntos.
La aportación que realizará la entidad supone más del 30% del presupuesto total: 3 puntos.
La aportación que realizará la entidad, supone entre el 15 y el 30% del presupuesto total: 2 puntos.
La aportación que realizará la entidad representa entre el 5 y el 14,99% del presupuesto total: 1 punto.
La aportación que realizará la entidad supone menos del 5%
del presupuesto total: 0 puntos.
Debe decir:
3. Adecuación económica del proyecto y recursos aportados máximo 10 puntos.
Para este punto las entidades deberán pormenorizar el presupuesto presentado y, en particular, los gastos imputables a la realización del proyecto;
3.1. Equilibrio entre el coste de las actuaciones y los objetivos y resultados esperados máximo 4 puntos.
Si el coste de las actuaciones es coherente con los objetivos y resultados esperados: 4 puntos.
Si el coste de las actuaciones no es coherente con los objetivos y resultados esperados: 0 puntos.
3.2. Aportación de la entidad a la financiación del proyecto.
máximo 6 puntos.
La aportación que realizará la entidad supone más del 30% del presupuesto total: 6 puntos.
La aportación que realizará la entidad, supone entre el 15 y el 30% del presupuesto total: 3 puntos.
La aportación que realizará la entidad representa entre el 5 y el 14,99% del presupuesto total: 1 punto.
La aportación que realizará la entidad supone menos del 5%
del presupuesto total: 0 puntos.
Donde dice:
5. Experiencia de la entidad en el desarrollo de proyectos sociales 10 puntos.
5.1. Es un proyecto con posibilidad de continuación a corto, medio y largo plazo 5 puntos:
El proyecto tiene posibilidades de continuar y lo justifica adecuadamente: 5 puntos.
El proyecto no tiene posibilidades de continuar y/o no lo justifica adecuadamente: 0 puntos.
5.2. Experiencia de la entidad en la realización de proyectos sociales similares 5 puntos:
Se acompañará relación de Proyectos realizados en los últimos 5 años.
Más de 4 años.: 5 puntos.
Entre 3 y 4 años: 3 puntos.
Menos de 3 años: 1 puntos.
No tiene experiencia: 0 puntos.
Debe decir:
5. Experiencia de la entidad en el desarrollo de proyectos sociales 15 puntos.
5.1. Es un proyecto con posibilidad de continuación a corto,
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 101 p.2054

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 28/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date28/05/2020

Page count9

Edition count3540

First edition04/01/2010

Last issue15/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Mayo 2020>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31