Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 10/7/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Miércoles, 10 de Julio de 2019

10 de los Estatutos del Organismo Autónomo Local, Fundación Juan Rejano, por el presente HE RESUELTO:
Delegar la competencia propia de la Presidencia de la Junta Rectora de dicho organismo en la Sra. Concejala doña Eva María Torres Castillo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Puente Genil, 26 de junio de 2019. Firmado electrónicamente por la Secretaria General, Carmen López Prieto.

Núm. 2.177/2019
Por el Sr. Alcalde se ha dictado, con fecha 28/06/19, la siguiente resolución:
DECRETO: Vista la propuesta de la Sra. Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil, que es como sigue:
Vista la propuesta suscrita por mí y comprobado que debe suprimirse de la misma el párrafo tercero en su totalidad, en cuanto cita legislación ya derogada, he decidido elevar al Sr. Alcalde una nueva propuesta dirigida al mismo fin, pero sin que conste el indicado párrafo, quedando como sigue:
Correspondiendo a la Secretaria General de la Corporación, ejercer en la Fundación Juan Rejano, Organismo Autónomo Local de carácter administrativo, constituido al amparo de lo dispuesto en el artículo 85.2 b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local LBRL, las mismas funciones que la legislación vigente le reconoce asesoramiento legal y fe pública respecto al Ayuntamiento, conforme a la previsión contenida en el artículo 36.1 de los Estatutos del mencionado organismo.
Siendo que el artículo 36.2 de los Estatutos prevé la posibilidad de delegar dichas funciones en funcionario de carrera de la Corporación.
Por la presente propongo al Sr. Alcalde la delegación de las funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo en la Fundación Juan Rejano a la Sra. Doña Inmaculada Berral Prieto, funcionaria de carrera de la Corporación, Técnico de Administración General, que ocupa su puesto en la Secretaría del Ayuntamiento.
Por el presente, en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, artículo 21.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, HE RESUELTO:
Aceptar la propuesta que transcrita ha sido, dejando sin efecto el anterior decreto existente al respecto.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Puente Genil, 28 de junio de 2019. Firmado electrónicamente por la Secretaria General, Carmen López Prieto.

Ayuntamiento de La Rambla Núm. 2.295/2019
Don Jorge Jiménez Aguilar, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de la Rambla.
Esta Alcaldía, mediante Decreto nº 1332, de fecha 1 de julio de 2019, ha acordado la delegación en don José M Pedraza Tejero, Concejal de este Excmo. Ayuntamiento, de las atribuciones de esta Alcaldía para el acto de celebración de la ceremonia de matrimonio civil entre don Francisco Jesús Gómez Gálvez y doña Nuria Elcinto Velasco, que tendrá lugar el próximo día 12 de julio
del corriente año.
Lo que se hace público, en cumplimiento de la legislación vigente sobre Régimen Local en materia de delegaciones de competencias.
La Rambla, 4 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Jorge Jiménez Aguilar.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba Núm. 2.078/2019
Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba Procedimiento: Procedimiento Ordinario 232/2018. Negociado MC
De: Don Antonio Javier García Márquez Abogado: Doña María Carmen Gómez Lozano Contra: Ibesol Energía SL, Fondo de Garantía Salarial y Administrador Concursal de Ibesol Energía SL Don Julio Rico Muñoz Abogado: Don Julio Rico Muñoz DOÑA MARIBEL ESPÍNOLA PULIDO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 232/2018 a instancia de la parte actora don Antonio Javier García Márquez contra Ibesol Energía SL, Fondo de Garantía Salarial y Administrador Concursal de Ibesol Energía SL D. Julio Rico Muñoz sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado notificación de fecha 04/06/2019 del tenor literal siguiente:
"FALLO:
Que estimando en parte la demandada formulada por don Antonio Javier García Márquez contra Ibesol Energía SL, debo de condenar y condeno a la mercantil a pagar al que fue su trabajador la cantidad de 5.629,71 € cinco mil seiscientos veintinueve euros con setenta y un céntimos, en concepto de diferencias salariales de febrero/17 a enero/18, ambos meses incluidos, intereses moratorios e indemnización fin de contrato.
El Fogasa, por su parte responderá del pago de la cantidad antes expuesta en los supuestos y dentro de los límites legalmente establecidos y el Administrador concursal lo hará a los efectos previstos en la Ley Concursal.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoles que no es firme porque contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse, ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, e interponerse conforme a lo prescrito en los artículos 194 y 195 de la LRJS, recurso que será resuelto por la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Igualmente, se advierte al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de la Seguridad Social que para recurrir deberá depositar la cantidad de 300,00 € en la cuenta que se dirá, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso, así como, caso de haber sido condenado en la sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria citada, la cantidad objeto de condena o formalizar aval solidario por la misma suma pagadero al primer requerimiento emitido por la entidad de crédito artículos 229 y 230 LRJS.
BANCO DE SANTANDER CÓDIGO DE CUENTA: IBAN ES55

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 130 p.3225

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 10/7/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date10/07/2019

Page count15

Edition count3541

First edition04/01/2010

Last issue06/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Julio 2019>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031