Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 27/12/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
N.º 0244
Miércoles, 27 de diciembre de 2023
Para la imposición de sanciones por faltas leves no será preceptiva la instrucción de expediente sancionador, salvo el trámite de audiencia al inculpado, así como la comunicación escrita motivada.
Faltas graves:
La instrucción del expediente sancionador será iniciada por la Dirección, a propuesta escrita del equipo técnico o por propia iniciativa.
La sanción será impuesta por el representante legal de la Entidad Promotora, a propuesta de la Dirección del centro, y requerirá comunicación escrita y motivada al inculpado, concediéndole un plazo de 72 horas para que alegue en su defensa lo que estime oportuno. Seguidamente, la Dirección dará traslado de la propuesta de sanción a la Entidad Promotora, que dictará la resolución definitiva con notificación al interesado.
Faltas muy graves:
Se seguirá el procedimiento descrito para las graves.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo.
CVE: BOP-2023-7765
Hoyos, 21 de diciembre de 2023
Pablo Iglesias Ordóñez PRESIDENCIA
Pág. 33530
Verificable en: http bop.dip-caceres.es
El Presidente, Pablo Iglesias Ordoñez