Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 6/10/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
6 Octubre 2023
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 191
La solicitud se realizará, en el periodo comprendido desde veinte días antes de la apertura de la temporada de caza correspondiente y durante toda la temporada de caza. Para poder ejercer el deporte de la caza dentro de los terrenos acotados de titularidad municipal deberá estarse en posesión de la correspondiente licencia de caza, permiso de armas, seguro de responsabilidad y demás documentos de carácter obligatorio para el cazador.
Cuando por causas no imputables al obligado el servicio no se preste, procederá la devolución del importe correspondiente.
Artículo 9. Infracciones y sanciones En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, así como sus disposiciones de desarrollo, según lo dispuesto en el artículo 11 el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Artículo 10. Legislación aplicable En todo lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la Ley 8/1989, de 13
de abril, de Tasas y Precios Públicos, así como en la Ordenanza Fiscal General aprobada por este Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza fiscal, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 9 de agosto de 2023, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir de la temporada de caza 2023-2024, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
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