Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 4/12/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
4 Diciembre 2020
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 233
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA
COOPERACION, PLANES Y ASISTENCIA TECNICA
4756
ANUNCIO
Bases Reguladoras y Convocatoria del Plan Provincial de Cooperación Económica de Obras y Servicios de competencia municipal POS 2021.
Mediante acuerdo de Pleno de fecha 3 de diciembre de 2020 se han aprobado las bases reguladoras y la Convocatoria del Programa de Cooperación Económica de Obras y Servicios de competencia municipal anualidad 2021, en los términos que a continuación se indican:
Preámbulo El Plan Provincial de Cooperación de Obras y Servicios de competencia municipal POS
2021 se redacta en el marco previsto en el artículo 36.2 a de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y 32 y siguientes del RDL 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, donde se regula y obliga a las Diputaciones Provinciales a aprobar un Plan Provincial de Cooperación en cuya elaboración deben participar los municipios de la provincia.
Por ello, a la vista de la mencionada obligación legal, se elaboran las bases que rigen el Plan dirigido a todos los ayuntamientos de la provincia, con excepción de la capital por considerar que por su tamaño y características puede acceder a una financiación distinta del resto de municipios, dando así cumplimiento al mandato legal a que hace referencia el art.
36 de la LRBRL de que la asistencia y cooperación jurídica económica y técnica a los municipios se debe dirigir especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión.
Este Plan Provincial tiene por objeto conseguir:
Un mayor respeto de la autonomía municipal permitiendo que sean los ayuntamientos quienes decidan a qué finalidad y en qué cuantía destinan los fondos obtenidos de la Diputación Provincial, reseñando que dicha aportación puede llegar al 100% de la actuación.
Se pretende racionalizar la colaboración de esta Diputación con los ayuntamientos de la provincia en la realización de inversiones que estaba dispersa en distintas líneas de subvenciones cuyos créditos pasan a sumarse a este Plan, lo que hace simplificar los trámites a los ayuntamientos y, por otra parte, realizar una distribución de fondos entre todos los Ayuntamientos, aplicando unos criterios objetivos.
Este Plan contiene la previsión de subvencionar de forma prioritaria inversiones en equipamientos, obras y adquisición de inmuebles que incidan en la prestación de los servicios enumerados en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local LRBRL y el artículo 42 de la Ley de Administración Local de Aragón.
Además de las actuaciones citadas anteriormente, y teniendo en cuenta la continua evolución de las necesidades que plantean los municipios, se podrá solicitar la subvención de inversiones para ejercer competencias distintas a las propias con el cumplimiento de los requisitos legales exigidos para el ejercicio de las nuevas competencias.
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