Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 1/7/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

1 Julio 2020

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
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Nº 124

Balcones. Son los salientes abiertos que arrancan desde el nivel de suelo de la pieza a la que sirven y se prolongan hacia el exterior mediante un voladizo que sobresale de la fachada.
Terrazas. Son los salientes que están cerrados por dos de sus lados.
Cuerpos cerrados volados. Son aquellas construcciones salientes del paramento de fachada cerradas en todas sus caras, con cualquier clase de material de fachada de uso permitido en estas Ordenanzas, que no permita el paso constante de luz y aire del exterior.

10. Elementos Salientes: Son los elementos constructivos e instalaciones que sobresalen de los planos que delimitan un volumen de edificación y no son susceptibles de ser ocupados o habitados. Entre otros, se definen:
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Marquesina: Cubierto, generalmente realizado en materiales ligeros, que se adosa longitudinalmente a los paramentos sobre huecos de fachada, escalinatas, portales o escaparates.
Muestra: Anuncio paralelo al plano de fachada.
Banderín: Anuncio perpendicular al plano de fachada.

11. Pendiente de Cubierta: Es la inclinación que forma el plano de cubierta con la horizontal, medida en ángulos sexagesimales o en porcentaje.
12. Planta Baja: Es la planta de la edificación donde la distancia vertical entre el nivel de rasante y la cara superior del forjado del suelo no excede de 1 metro.
13. Planta Piso o Alta: Son cada una de las plantas situadas sobre la planta baja.
14. Semisótano: Es la planta de la edificación, situada por debajo de la planta baja, que dispone de huecos de iluminación y ventilación natural, en la que la distancia desde la cara inferior del forjado que forma su techo hasta el nivel de rasante es igual o inferior a la distancia establecida para la definición de planta baja del punto anterior.
15. Sótano: Es la planta de la edificación en la que la cara inferior del forjado que forma su techo queda por debajo del nivel de rasante, o la situada por debajo de la planta baja que no sea semisótano.
6. Definiciones sobre vivienda 1. Vivienda: Es el edificio destinado a la morada de individuos y de familias que satisface las condiciones de habitabilidad exigidas por la normativa específica de aplicación.
2. Vivienda Protegida: Es la vivienda calificada como tal por la Administración de la Comunidad Autónoma.
3. Vivienda Principal: Es la vivienda, tanto colectiva como unifamiliar, que es utilizada como residencia habitual y ocupada la mayor parte del año.
4. Vivienda Turística: Es la vivienda, tanto colectiva como unifamiliar, destinada al alojamiento temporal o de segunda residencia.
5. Vivienda Colectiva: Es el edificio de uso mayoritariamente residencial que comprende dos o más viviendas sobre una unidad parcelaria, agrupadas de modo que formen edificios con accesos, instalaciones y/u otros elementos comunes.

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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 1/7/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

CountrySpain

Date01/07/2020

Page count53

Edition count4944

First edition02/01/2004

Last issue29/05/2024

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