Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 7/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

7 Mayo 2020

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 85

que en dicha norma se adoptan medidas presupuestarias, de simplificación y agilización de expedientes de gasto, de personal, de contratación, en el ámbito de los servicios sociales, económicos, de educación, de administración electrónica, sobre cadena alimentaria y otras medidas administrativas. En el artículo 7.2 del citado Decreto Ley del Gobierno de Aragón, se establece que las entidades del sector público pueden acordar motivadamente la continuación de los siguientes procedimientos administrativos:
a Los que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos que justifican el estado de alarma, entendiendo por tales las requeridas para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y sus repercusiones económicas y sociales.
b Los que sean indispensables para la protección del interés general, iniciados o no, especialmente, en este último caso, cuando se trate de procedimientos planificados o programados y, en particular, cuanto tengan carácter recurrente.
c Los que sean indispensables para el funcionamiento básico de los servicios, iniciados o no, especialmente, en este último caso, cuando se trate de procedimientos planificados o programados y, en particular tengan carácter recurrente.
Visto que tanto el Real Decreto 8/2020 como el Real Decreto 11/2020, establecen normativa relativa a la adopción de medidas, que garanticen, entre otras, la liquidez de las pequeñas y medianas empresas, la salvaguarda del interés de los particulares y el interés público, por lo que hay plazos en la organización interna de este Ayuntamiento que exigen que el mismo, como prestatario de servicios públicos básicos mantenga relaciones con terceros, así, hay plazos de pagos a proveedores, para evitar intereses de demora, contratos de emergencia derivados de la adopción de medidas de seguridad y salud públicas, gestión de personal, y contratos que no deben estar sujetos a suspensión por suponer servicios esenciales. De otro lado, el artículo 20 y la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Ley 11/2020
establecen medidas relativas a la sustanciación de modificaciones de crédito y la realización de sesiones plenarias municipales y siendo que el citado Real Decreto Ley establece múltiples medidas que exigen que la actividad municipal no esté suspendida, Visto que se considera necesario continuar con los procedimientos ordinarios de fe pública, asesoría, gestión de intervención y tesorería, contratación en determinados ámbitos, concesión de licencias urbanísticas, gestión patrimonialentre otros, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local, RESUELVO:
Primero: Levantar la suspensión de términos y de la interrupción de plazos en las siguientes materias:
Gestión del padrón municipal de habitantes Gestión del registro de entrada y salida de documentos Gestión del patrimonio Gestión presupuestaria aprobación de presupuesto y modificaciones presupuestarias. Gestión de tesorería cobros y pagos Gestión de personal Subvenciones solicitud y justificación.
Urbanismo y actividades Remisión de información a AGE y Órganos de control externo, Agencia Tributaria, Seguridad Social, INE, .

Segundo: Respecto de los procedimientos que afectan a terceros, y que no tengan relación alguna con la situación generada por la alerta sanitaria del COVID-19, se mantiene la suspensión declarada en el Decreto 463/2020. El levantamiento de la misma se efectuará 3211

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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 7/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

CountrySpain

Date07/05/2020

Page count40

Edition count4951

First edition02/01/2004

Last issue07/06/2024

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