Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 29/1/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
29 Enero 2020
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 18
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA
RECURSOS HUMANOS
263
ANUNCIO
NOMBRAMIENTO ORDENANZA
Se hace público para conocimiento de los interesados que esta Presidencia por Decreto núm. 114, de 17 de enero de 2020, ha dispuesto :
"Vistos:
Primero.- El expediente de Secretaría Sección de Recursos Humanos, Clase Funcionario, serie documental B050202, año 2019, núm. 19 sobre convocatoria para la provisión, mediante oposición libre, de una plaza de Ordenanza RPT 152 donde consta la propuesta del Tribunal.
Segundo.- El Informe de Fiscalización núm. 26/2020.
Esta Presidencia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local y disposiciones concordantes, RESUELVE
Nombrar, de conformidad con lo dispuesto en el art. 136 del R.D. Legislativo 781/86, de 18
de abril, a DÑA. SANDRA ABADIA LAMPLE, como Ordenanza, al objeto de ocupar el puesto vacante en la plantilla de la Corporación, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Subalternos, Grupo Agrupación Profesional, adscrito a la Subunidad de Conserjería RPT 152, concediéndose un plazo de toma de posesión de treinta días hábiles a contar del siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia."
Lo que se publica, para su conocimiento y efectos, significándo que, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente, contra el presente acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente:
- o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a esta publicación, ante el mismo órgano que dictó el acto.
- o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso administrativo, con sede en la capital de la provincia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a esta publicación. Puede usted elegir el Juzgado competente entre aquel que corresponda a la sede esta entidad local, o el de su domicilio; siempre que en este segundo caso su domicilio radique en la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la entidad local.
Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Huesca, 27 de enero de 2020. El Presidente, Miguel Gracia Ferrer
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