Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 29/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

29 Noviembre 2019

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 230

El Programa de Cooperación Económica de Obras y Servicios de competencia municipal POS 2020 se regirá por las siguientes bases:
Primera. Objeto y finalidad En consonancia con lo expuesto en el preámbulo, este Programa tiene como objetivo el cooperar con los ayuntamientos de la Provincia a prestar cuantos servicios públicos que sean necesarios para contribuir a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, por lo que se declaran subvencionables todas las obras y servicios enumerados en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 42 de la Ley de Administración Local de Aragón, en la medida que cumplan los requisitos de esta convocatoria y con las condiciones establecidas en la misma.
En concreto, serán subvencionables las siguientes actuaciones:
Inversiones de Capital, capítulo 6 del presupuesto de gastos del ayuntamiento:
Realización de inversiones en cualquier tipo de infraestructura que sea de titularidad municipal, o de una entidad local menor dependiente del ayuntamiento, o esté cedida al ayuntamiento por un mínimo de 30 años, y la adquisición de bienes inmuebles siempre que sea en el ejercicio de competencias propias del Ayuntamiento.
Equipamiento de cualquier clase, tendente a promover y mejorar actividades y servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en el ejercicio de las competencias conferidas en los artículos 25
y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 42 de la Ley de Administración Local de Aragón.
En resumen serán subvencionables:
A Todas las inversiones realizadas por municipios de la provincia de Huesca que en años anteriores se han subvencionado en las siguientes convocatorias:
El Plan Provincial de Cooperación.
Apoyo a las entidades locales para inversiones en materia de equipamiento cultural.
Recuperación medioambiental de espacios degradados y realización o recuperación de parques públicos, jardines y zonas verdes.
Plan de infraestructuras turísticas.
Actividades económicas de los ayuntamientos.
Programa de impulso demográfico en la provincia de Huesca.
B Adquisición de bienes inmuebles para destinarlos a un uso o servicio publico.
Quedan excluidas de esta convocatoria:
Las obras de urbanización que deban costearse obligatoriamente por los propietarios distintos del ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la legislación urbanística.
Nichos, sepulturas y otros elementos de enterramiento.
Construcción o rehabilitación de viviendas, salvo las que se puedan incluir en la aplicación presupuestaria de 32 4140 762000 Impulso demográfico en el medio rural.
Las actuaciones que se puedan incluir en la aplicación presupuestaria 32 1522 762000
Impulso demográfico en el medio rural, solo serán subvencionables si cumplen el siguiente requisito:
Que sean inmuebles ubicados en municipios de menos de 1000 habitantes.
10517

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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 29/11/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

CountrySpain

Date29/11/2019

Page count75

Edition count4936

First edition02/01/2004

Last issue17/05/2024

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