Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 18/10/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

18 Octubre 2017

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 198

O

Mancomunidad de Pastos del Puerto de Escarra
Reg. Entidades núm. 0822001

No presentar la autorización de aprovechamiento micológico cuando esta sea requerida por las autoridades competentes.
La recolección de especies no recolectables, así como la recogida de ejemplares en primeras fases de su desarrollo.
La recolección de ejemplares alterados o la producción de daños al micelio del resto de ejemplares sin enterrarlo entre hojas o mantillo para favorecer la expansión de la especie.
La utilización de recipientes que no permitan la aireación de las setas y la caída al exterior de las esporas.
La recolección de setas durante la noche.
La venta de setas dentro de montes de utilidad pública o consorciados con la Administración de la Comunidad Autónoma.
Las simples inobservancias de las disposiciones contenidas en la presente ordenanza, siempre que no estén calificadas como graves o muy graves.
Son infracciones graves:
El incumplimiento de las condiciones establecidas en la licencia de aprovechamiento y, en especial, cuando concurra extralimitación espacial, temporal o cuantitativa en la recolección autorizada.
La no realización del aprovechamiento por el titular de la licencia o permiso en forma personal y directa.
La remoción del suelo alterando la capa de tierra superficial y su cobertura para la recolección de las setas.
La utilización de herramientas o utensilios que permitan alzar la cubierta de materia orgánica en descomposición existente y la alteración del suelo en la recogida de hongos hipogeos no incluidos en su legislación específica.
El incumplimiento de las autorizaciones científicas.
La comisión de tres infracciones leves en el término de un año.
Son infracciones muy graves:
La realización o ejercicio del aprovechamiento sin permiso o autorización.
El ejercicio del aprovechamiento sin ajustarse a las prescripciones fijadas en la licencia o permiso, cuando quede el propio aprovechamiento destruido, o alterado de forma significativa, para las subsiguientes temporadas de recolección.
Destruir o dañar las señalizaciones y vallas o muros de piedra existentes que delimitan las propiedades privadas o públicas.
La comisión de tres infracciones graves en el término de un año.

ARTÍCULO 14. Sanciones Las infracciones administrativas serán sancionadas con las siguientes multas, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional 16, sobre el Régimen sancionador en materia de aprovechamiento micológico, de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón:
Infracciones leves: multa de 60 a 100 euros.

Plaza Mayor, 1 Tel. 974 48 74 95 Fax 974 48 75 72 22663 TRAMACASTILLA DE TENA Huesca Página Web: www.tramacastilladetena.es, e-mail: ayto.tramacas@qrz.net y tramacastilladetena@hotmail.com
9878

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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 18/10/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

CountrySpain

Date18/10/2017

Page count29

Edition count4938

First edition02/01/2004

Last issue21/05/2024

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