Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 31/8/2017
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
31 Agosto 2017
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 165
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE HUESCA
GESTIÓN TRIBUTARIA
3820
EDICTO
Transcurrido el plazo de exposición al público del Acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de Huesca, adoptado en sesión celebrada el día 6 de julio de 2017, por el que se aprobaba provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal municipal nº 14, Reguladora de la Tasa por la utilización privativa de los espacios situados en los centros culturales que dependen del Área de Cultura, en el edificio del Círculo Oscense y en la antigua Audiencia Provincial, y no presentadas reclamaciones al mismo, queda definitivamente aprobado dicho Acuerdo.
Contra este Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, a partir de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
El Acuerdo comprende las siguientes modificaciones del texto actualmente vigente de la citada Ordenanza fiscal municipal, que entrarán en vigor a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca:
ORDENANZA FISCAL Nº 14.- REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN
PRIVATIVA DE LOS ESPACIOS SITUADOS EN LOS CENTROS CULTURALES QUE
DEPENDEN DEL ÁREA DE CULTURA, EN EL EDIFICIO DEL CÍRCULO OSCENSE Y EN
LA ANTIGUA AUDIENCIA PROVINCIAL
1º.- El título de la Ordenanza se sustituye íntegramente por el siguiente:
ORDENANZA FISCAL Nº 14.- REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN
PRIVATIVA DE LOS ESPACIOS SITUADOS EN LOS CENTROS CULTURALES QUE
DEPENDEN DEL ÁREA DE CULTURA, EN EL EDIFICIO DEL CÍRCULO OSCENSE Y EN
LA ANTIGUA AUDIENCIA PROVINCIAL
2º.- El primer párrafo de la Ordenanza se sustituye íntegramente por el siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa por la utilización privativa de los espacios situados en los centros culturales que dependen del Área de Cultura, en el Edificio del Círculo Oscense y en la antigua Audiencia Provincial, cuya regulación general se encuentra en los artículos 20 al 27 y 57 del citado texto legal.
3º.- El artículo 1 se sustituye íntegramente por el siguiente:
Artículo 1.- Constituye el hecho imponible la utilización privativa o el aprovechamiento especial de las salas situadas en los Centros Culturales que dependen del Área de Cultura -Centro Cultural del Matadero, Centro Cívico Santiago Escartín Otín, Centro Raíces y Centro Calle Calatayud-, de las salas y salones del Edificio del Círculo Oscense y de los despachos y espacios de la antigua Audiencia Provincial, naciendo la obligación de contribuir desde que tenga lugar la solicitud de dicha utilización ante el Ayuntamiento de Huesca.
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