Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 8/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 1080 - Publicado el: 08/05/2020

"Protocolo de Higiene y seguridad para la industria de la construcción" elaborado por la Cámara Argentina de la Construcción a partir del acuerdo Nacional de CAMARCO y el gremio UOCRA al respecto, y respectando los criterios establecidos por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de Santa Fe. En los casos en que corresponda se deberá garantizar la organización de turnos, y modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del Coronavirus. Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente decreto deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades, servicios y profesiones exceptuados por la presente.

ARTICULO 4: DISPONGASE, que en la ciudad de Rosario, a los fines del funcionamiento de las obras descriptas en el artículo No 2 inc. a del presente, los responsablesde obra, deberán previamente al inicio de las actividades, tramitar el certificado de "reinicio de obras particulares", publicado a tal fin en la pagina web oficial de la municipalidad de Rosario, el cual deberá ser exhibido en lugar visible de la obra para su fiscalización, bajo apercibimiento de que la falta de exhibición pueda ser considerada incumplimiento al presente.
ARTICULO 5O: DISPONGASE en virtud de decreto provincial No 389, en cuanto concierne a las actividades habilitadas para la ciudad de Rosario, que las personas que desarrollen las actividades, servicios o profesiones alcanzadas por las mismas deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19. Asimismo, deberán circular con la constancia del turno otorgado para su atención, cuando corresponda.
ARTICULO 60: ESTABLECESE que las medidas determinadas en el presente Decreto comenzarán a regir a partir de la publicaciónen el Boletín Oficial de la Nación, de la Decisión Administrativa No 745120
de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.

ARTICULO 7O: DESE cuenta de lo dispuesto en el presente decreto al IYinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a los fines de las aprobaciones que resulten pertinentes.
ARTICULO 8 O : ESTABLECESE que las medidas adoptadas por el presente, que no tengan un plazo expreso previsto, estarán vigentes durante el periodo de "aislamiento social, preventivo y obligatorio"
y las prórrogas que eventualmente vayan disponiéndose a nivel Nacional, pudiendo ser modificado conforme se desenvuelva la situación sanitaria.

ARTICULO 9O: DELEGASE en la Secretaría de Planeamiento, el dictado de las normas reglamentarias y complementarias a que el presente diera lugar.

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Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 8/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

CountryArgentina

Date08/05/2020

Page count11

Edition count1210

First edition10/10/2012

Last issue24/05/2024

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