Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 3/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 898 - Publicado el: 03/10/2018

Paredes exteriores: comprenden aquellos cerramientos en contacto con el exterior verticales o con una inclinación superior a 60 respecto a la horizontal, incluidas las medianeras expuestas. El área a computar será la superficie neta interna, de piso termtnado a cielorraso y de pared a pared.
Pisos: comprenden aquellos cerramientos inferiores horizontales que estén en contacto con el aire o con un local no habitable ventilado, salas de máquinas, depósitos, espacios para estacionar, cocheras e ingresos a las mismas.
Cerramientos transparentes: comprenden aquellos cerramientos en contacto con el exterior, cualquiera sea su posición, que presenten algún grado de transmitancia a la radiación solar. El área a computar será la del vano completo incluidas las carpinterías.

4. Controles.
El cumplimiento de la Ordenanza N O 8757 se verificará mediante dos instancias de control:
a. El Programa de Construcciones Sustentables y Eficiencia Energética verificará la documentación técnica establecida en el punto 1.3. planillas y detalles constructivos y en caso de que ésta se evalúe como correcta, será aprobada.
b. Posteriormente, el Programa de Construcciones Sustentables y Eficiencia Energética tendrá la facultad de inspeccionar las obras conjuntamente con la Dirección General de Obras Particulares, en los casos que fuera necesario, pudiendo además recurrir a Servicios Técnicos de Terceros para producir los informes necesarios. En caso de detectarse en esta inspección, diferencias entre lo ejecutado y la documentación técnica presentada y aprobada se procederá de la siguiente manera:
1. Se requerirá la presentación de nueva documentación de acuerdo a lo ejecutado. Si lo ejecutado se encuadra dentro de lo reglamentado, dicha documentación se adjuntará al legajo para la solicitud del final de obra.
2. Si se encuentra fuera de lo reglamentado deberá adecuarse la documentación y la construcción para el cumplimiento de la misma.
3. En caso de no adecuarse a lo reglamentado se procederá de la siguiente manera:

Procedimiento e n casos d e incumplimiento En caso de verificarse incumplimiento, el Programa de Construcciones Sustentables y Eficiencia Energética remitirá lo actuado a la Dirección General de Obras Particulares para que ponga en marcha los mecanismos sancionatorios que correspondan. La Dirección General de Obras Particulares procederá a denunciar ante el Tribunal de Ética del colegio profesional correspondiente al profesional actuante.
A tal efecto se considera como responsable y/o profesional actuante, al proyectista, y/o al director de obra, y/o al conductor técnico y/o al representante técnico y/o al propietario, quienes están obligados al cumplimiento del presente Decreto Reglamentario.

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Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 3/10/2018

TitleBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

CountryArgentina

Date03/10/2018

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Last issue24/05/2024

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