Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/12/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6521 - 16/12/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 348

DISPOSICIÓN N.º 4898/DGDYPC/21
Buenos Aires, 13 de octubre de 2021
VISTO: El Expediente Electrónico N 23338556-GCABA-DGDYPC-2019, y CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia de la Sra. María Consuelo Liliana Rocha, DNI 37.308.650, contra Adriana Graciela Ayas, CUIT 23-16131518-4, por presunta infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 21/08/2019 se promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin que las partes arribasen a una amigable composición;
Que por Informe IF-2019-28101707-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Adriana Graciela Ayas se encuentra inscripta bajo la matrícula N 1783;
Que por providencia PV-2019-37129829-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación por presunta infracción al artículo 9 inciso h de la Ley 941;
Que notificada la imputación, la sumariada presenta descargo;
Que asimismo, mediando una presentación adicional por parte del Sr. Fernando J.
Turdera, quien comparece como esposo de la imputada, por medio de la providencia PV-2020-13799287-GCABA-DGDYPC se intimó a la Sra. Ayas a que ratifique lo manifestado por aquel y, de considerarlo pertinente, acompañe prueba documental de la que pretendiera valerse;
Que no obstante encontrarse debidamente notificada a través de la cédula N 1931DGDyPC-21, la misma no efectuó presentación alguna;
Que no quedando diligencias sumariales pendientes, se ordenó el pase de autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administradora la presunta infracción al artículo 9 inciso h de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 9º.Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: h Depositar los fondos del consorcio en una cuenta bancaria a nombre del Consorcio de Propietarios. Para los consorcios que soliciten la apertura de la cuenta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, éste garantiza como opción la gratuidad de dicha cuenta, la cual incluye el trámite de alta, mantenimiento mensual, emisión de chequeras, transferencias bancarias y/o cualquier otro cargo que corresponda a la ciudad.
Que la precitada imputación tuvo lugar a partir del contenido del acta de Asamblea de fecha 15/04/2019, lo plasmado en los formularios de liquidaciones de expensas correspondientes a los periodos abril, mayo y junio de 2019, la nota de fecha 30/06/2019 -cuya confección, firma y aclaración se le atribuyó a la sumariada-, y el correo electrónico de fecha 10/07/2019; dado que en conjunto evidenciarían la falta de una cuenta corriente abierta a la orden del Consorcio de la calle Guardia Vieja 3773, para el depósito de las sumas de dinero de las que resultare titular;
Que en las presentaciones realizadas por la requerida, alega que el Consorcio en
BO-2022-6521-GCABA-DGCLCON

Página 348 de 636

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/12/2022

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date16/12/2022

Page count637

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First edition06/08/1996

Last issue06/06/2024

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