Boletín Oficial de Cantabria del 27/3/2024 - Ordinario
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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario
MIÉRCOLES, 27 DE MARZO DE 2024 - BOC NÚM. 62
CONCEJO ABIERTO DE VIAÑA
CVE-2024-2197
Incoación de expediente de investigación de oficio para determinar la titularidad pública de porción de camino ubicado entre la parcela catastral 39014A010003180000TX y la carretera regional RenedoViaña, término municipal de Cabuérniga.
ANICETO MARCOS QUEVEDO secretario de la Junta Vecinal de Viaña, CERTIFICA con el Visto Bueno del Presidente de la Junta Vecinal que el 13 de marzo se adoptó el presente ACUERDO.
Incoar expediente de investigación de oficio para la determinación de la titularidad pública de la porción camino ubicado entre la parcela catastral 39014A010003180000TX y la carretera regional Renedo-Viaña, colindando por el Norte con dicha carretera regional, ubicado dentro de la parcela catastral 7829086UN9872N0001AT y que actualmente conecta físicamente dicha carretera regional y la parcela catastral 39014A010003180000TX, titularidad de la Junta Vecinal.
Proceder a la publicación del presente acuerdo en el BOC y a la exposición del anuncio en dichos boletines en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cabuérniga por y de la Junta Vecinal por plazo de quince días hábiles.
Dar traslado del presente acuerdo al Ayuntamiento de Cabuérniga, a la Delegación del Gobierno en Cantabria y a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, dando cuenta del mismo en el próximo concejo abierto.
Notificar personalmente el presente acuerdo a los titulares de la parcela catastral 7829086UN9872N0001AT concediéndoles un plazo que finalizará cuando se cumpla un mes desde que finalice el plazo de exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cabuérniga para alegar ante esta Junta Vecinal cuanto estimen conveniente a su derecho, acompañando los documentos en que funden sus alegaciones.
Conceder el mismo plazo para efectuar alegaciones y acompañar documentos en que se funden a cuantos se entiendan afectados por el expediente.
Indicar que el plazo de resolución del expediente es de tres meses desde su incoación.
SEGUNDO. - Adoptar la medida cautelar de prohibición de actuaciones que puedan impedir el uso del camino por el público en general.
TERCERO. - Recabar la colaboración del Ayuntamiento de Cabuérniga para la realización de los actos de gestión, notificación y publicidad del expediente, así como para la efectividad del presente expediente.
Contra el presente acuerdo que es de trámite no cabe recurso alguno. Contra la medida cautelar podrá interponerse recurso de reposición ante esta misma Junta Vecinal en el plazo de un mes desde la notificación o alternativamente recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo de Santander, en el plazo de dos meses desde dicha notificación. La interposición de recurso de reposición impide interponer recurso contencioso en tanto se resuelva el mismo o se entienda desestimado por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición.
El secretario, Aniceto Marcos.
Visto Bueno, el presidente, Fermín Gómez Cobo.
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boc.cantabria.es
CVE-2024-2197
Viaña, 18 de marzo de 2024.
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