Boletín Oficial de Cantabria del 3/2/2020 - Ordinario

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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario

LUNES, 3 DE FEBRERO DE 2020 - BOC NÚM. 22

saber que no es firme pues cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Cantabria por escrito con firma de abogado y en el plazo de VEINTE DÍAS
desde el día siguiente a su notificación, conforme los artículos 455 y cc. de la LEC.
Es preciso considerar la reforma que introduce la Disposición Adicional 15 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3/11, que obliga a hacer depósito de 50 € para poder recurrir, al hilo de lo cual se advierte que, de conformidad con la Instrucción 8/2009, de 4/11, relativa al procedimiento a seguir en relación a la cuenta 9900 de depósitos de recursos desestimados, caso de interponer recurso habrá de constituirse depósito por importe de CINCUENTA euros en la cuenta del expediente e indicar en el campo concepto del documento resguardo de ingreso que se trata de un recurso, seguido del código y tipo concreto de recurso de que se trate, siguiendo la numeración y descripción contemplada en la relación que se adjunta y si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el Código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los 16 dígitos de la cuenta de Expediente, separado por un espacio, teniendo presente que al momento de interponer el recurso el recurrente tiene que acreditar haber constituido el depósito para recurrir, mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.
En caso de que se estime total o parcialmente el recurso el importe constituido para recurrir será reintegrado al recurrente mediante la expedición de Mandamiento de Pago o transferencia a la cuenta no judicial correspondiente.
En el supuesto de que el recurso sea inadmitido o se confirme la resolución recurrida el recurrente perderá el depósito y su importe será transferido desde la cuenta de expediente judicial correspondiente hasta la cuenta 9900.
Líbrese testimonio de la presente que se unirá a los autos custodiando el original en el libro de sentencias.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a ALONSO ESCOBEDO, S. L., en ignorado paradero, libro el presente.
Santander, 18 de diciembre de 2019.
La letrada de la Administración de Justicia, Belén Alonso Frutos.

CVE-2020-733

2020/733

i Pág. 2333

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Boletín Oficial de Cantabria del 3/2/2020 - Ordinario

TitleBoletín Oficial de Cantabria - Ordinario

CountrySpain

Date03/02/2020

Page count105

Edition count3599

First edition04/01/2010

Last issue06/06/2024

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