Boletín Oficial de Cantabria del 10/5/2019 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

VIERNES, 10 DE MAYO DE 2019 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 25

1.DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJO DE GOBIERNO
CVE-2019-4362

Decreto 70/2019, de 9 de mayo, por el que se establecen los servicios mínimos que habrán de regir durante los paros parciales desde el día 13 hasta el 17 de mayo de 2019, y huelga indenida a partir del 20 de mayo de 2019, convocados por el Sindicato Médico de Cantabria.

La huelga convocada por el Sindicato Médico afecta a todos los médicos que prestan sus servicios en el ámbito geográco del Servicio Cántabro de Salud, de acuerdo con el siguiente calendario:
Paros parciales desde el día 13 al 17 de mayo, ambos inclusive, desde las 08:00 a las 10:00 horas en todos los centros hospitalarios del ámbito del Servicio Cántabro de Salud.
Paros parciales desde el día 13 al 17 de mayo, ambos inclusive, desde las 12:00 a las 15:00 horas en todos los centros de salud del ámbito del Servicio Cántabro de Salud.
A partir del día 20 de mayo de 2019, huelga indenida en todos los centros del ámbito del Servicio Cántabro de Salud.
El artículo 28.2 de la Constitución Española reconoce el derecho de huelga como derecho fundamental de los trabajadores para la defensa de sus intereses. No obstante, el citado artículo 28.2 reserva a que la ley que regule el ejercicio de este derecho establezca las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.
La convocatoria de huelga afecta a un servicio público esencial, el sanitario, debiéndose garantizar tanto el derecho de huelga como, por tratarse de un servicio vital, el funcionamiento del servicio sanitario y ello, al menos, en la atención urgente y no demorable así como en la programación de aquellos actos médicos y sanitarios en los que la demora en la intervención ponga en riesgo la vida o la integridad física del paciente.
Se trata, por tanto, de ponderar los intereses en conicto que son el ejercicio del derecho de huelga con el derecho de la ciudadanía a la salud y a la atención sanitaria, no pudiendo ésta impedir el ejercicio de aquélla, pero tampoco este ejercicio ser tan exorbitante que ponga en riesgo la salud y la atención sanitaria de la población.
Los servicios mínimos deben ponderarse, por tanto, en función de la concreción de la convocatoria concreta y de los paros y huelgas planteadas. Por ello, los paros parciales convocados para las fechas de 13 a 17 de mayo tienen que tener una distinta consideración que la huelga convocada con carácter indenido a partir del día 20 de mayo en que, por un sentido mínimo de responsabilidad, deben reforzarse los servicios sanitarios que se prestan a la población tanto en atención primaria como en atención especializada.

CVE-2019-4362

En la convocatoria de huelga indenida en Atención Especializada, se ha tenido en consideración el personal médico que presta los servicios en un n de semana pero reforzando determinados servicios, especialmente el área quirúrgica y servicios de apoyo por el carácter indemorable y urgente de determinadas operaciones. Los servicios de urgencia hospitalarios funcionan en un 100% por tratarse de asistencia básica y serlo así en un n de semana.

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Boletín Oficial de Cantabria del 10/5/2019 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

CountrySpain

Date10/05/2019

Page count20

Edition count838

First edition07/01/2010

Last issue02/05/2024

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