Boletín Oficial de Aragón del 01/08/2019

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Source: Boletín Oficial de Aragón

Boletín Oficial de Aragón
01/08/2019

I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE SANIDAD
CORRECCIÓN de errores del Decreto 30/2019, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el uso de desfibriladores automatizados externos fuera del ámbito sanitario.
Advertidos errores en el Decreto 30/2019, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el uso de desfibriladores automatizados externos fuera del ámbito sanitario, publicado en el Boletín Oficial de Aragón, número 36, de 21 de febrero de 2019, se procede a su subsanación en los siguientes términos:
En la página 4615, el artículo 3. e queda redactado del siguiente modo:
Personal instructor: personas que acrediten formación como instructor avalada por sociedades científicas de reconocido prestigio. La formación como instructor deberá estar actualizada y acreditada conforme a las últimas recomendaciones vigentes del Comité Internacional de Enlace en Resucitación The International Liasion Committe on Resuscitation-ILCOR y de sus miembros.
En la página 4626, el ANEXO II, Programa de formación, el apartado donde dice:
La formación del personal sin la titulación especificada en el artículo 9.a, para el uso de DEA, comprenderá una formación básica inicial y una formación continuada.
Debe decir:
La formación del personal sin la titulación especificada en el artículo 8.2.a, para el uso de DEA, comprenderá una formación básica inicial y/o una formación continuada.
En la página 4628, en el ANEXO II.A, Programa básico inicial de formación, en el número 4. Metodología, Dotación y Requerimientos, en el primer apartado del punto segundo se suprime la referencia ERC.
En la página 4629 y 4630, ANEXO II.B, Programa de formación continuada reciclaje, la numeración 3.1.,3.2.,3.3.,3.4.,3.5.,3.6.,3.7.,3.8. y 3.9., debe sustituirse por los correspondientes 1.,2.,3.,4.,5.,6.,7.,8. y 9.
En la página 4630 el punto 3.8., Periodicidad del Reciclaje, donde dice.
Superada la formación básica inicial, el reciclaje tendrá una periodicidad anual. Superados los dos cursos de reciclaje consecutivos, la periodicidad de reciclaje pasará a ser bianual.
Debe decir:
Superada la formación básica inicial, el reciclaje tendrá una periodicidad anual. Superados los dos cursos de reciclaje consecutivos, la periodicidad de reciclaje pasará a ser bienal.
En la página 4631, ANEXO III, en el primer punto del número 2., se suprime la referencia ERC.

csv: BOA20190801001

Núm. 149

21916

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Boletín Oficial de Aragón del 01/08/2019

TitleBoletín Oficial de Aragón

CountrySpain

Date01/08/2019

Page count150

Edition count7628

First edition11/04/1978

Last issue17/05/2024

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