Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 19/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS
811.-

Dar publicidad mediante su publicación en el BOCCE de la Resolución de la Consejera de Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital de fecha 13 de diciembre de 2023, para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas relativas al Programa de modernización del Comercio Fondo Tecnológico correspondiente a la segunda convocatoria del año 2023, enmarcada en la inversión 4.1.2 apoyo al comercio, del componente 13 impulso a la pyme, del plan de recuperación, transformación y resiliencia.
ANTECEDENTES DE HECHO
Mediante Decreto de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública de la Ciudad de Ceuta de aprobación de la Bases Reguladoras y de su correspondiente convocatoria de fecha 4 de octubre de 2023, cuyo extracto se publica en el BOCCE 6.347, de 13 de octubre de 2023, se establece el marco regulador para la concesión de subvenciones relativas a financiar el desarrollo de planes y proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible que, presentados por las pequeñas y medianas empresa de comercio, que incidan en la gestión de la actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución.
Así mismo, en el citado Decreto de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública, se indica el importe de los créditos disponibles para atender las ayudas y subvenciones relativas al programa de modernización del comercio fondo tecnológico.
Para la convocatoria, se han asignado QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y SEIS EUROS CON
SESENTA Y DOS CÉNTIMOS 542.136,62 €, cantidad resultante de detraer del montante total los compromisos de subvención correspondientes a la primera convocatoria y que importan OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UN EUROS CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS 89.631,38 € con cargo al Programa de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aplicaciones presupuestarias 20.50.43MD.77200 y 20.50.43MD.782 de los Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio, de la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, o su equivalente en los Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio. La partida presupuestaria de la Ciudad Autónoma para atender a las presentes bases es 480.02.929.0.003 Ayudas programa modernización del comercio del PRTR.
De conformidad con el artículo 8 procedimiento de concesión se establece que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitara en régimen de concurrencia competitiva, con las siguientes características: si el importe total de lo solicitado es menor que el importe disponible, se concederá la subvención a todas las solicitudes válidamente presentadas. Si el importe total de lo solicitado es mayor que el importe disponible, se realizara la concesión mediante el procedimiento expresado en el artículo 13 sorteo notarial.
Las subvenciones que se concedan lo serán con arreglo a criterios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
No podrán otorgarse subvenciones por importe superior a la cuantía total máxima fijada en la convocatoria.
Se establece una convocatoria única y abierta, que se iniciara el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS y un extracto de la misma en el Boletín Oficial Ceuta, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El artículo 9 Entidad colaboradora -, establece A efectos de esta línea de ayudas, la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ceuta en adelante, Cámara de Ceuta CE actuara como entidad colaboradora de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, dando cumplimiento a las obligaciones y requisitos que se establecen en los artículos 13, 15 y 17.3.c de dicha Ley. Las funciones a desempeñar por parte de la CCE se especifican en el convenio entre la Consejería de Economía y Hacienda y la CC. Dicho convenio tendrá como objeto la colaboración de la CC en la gestión de la subvención.
Igualmente, el artículo 12 Instrucción y resolución de procedimiento establece que el órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas mediante la presente orden será la entidad colaboradora la cual, a la vista del expediente, formularan propuesta de resolución y la elevaran al órgano concedente la Consejería de Economía, Hacienda y Función Pública, acompañando toda la documentación acreditativa al respecto, quien mediante resolución motivada resolverá la concesión o denegación de la subvención.
La competencia para la concesión de estas subvenciones, así como para la aprobación de gasto, y la realización del pago, corresponde a la persona titular de la Consejería Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital.
La concesión de ayudas respetará los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia, igualdad y no discriminació n y estará limitada a las disponibilidades presupuestarias.
La entidad colaboradora, examinara si las solicitudes reúnen los requisitos exigidos, y si se acompaña a la misma la perceptiva documentación, requiriéndose en caso contrario a las empresas interesadas para que, en el plazo de diez días, subsanen, y/o completen los documentos y/o datos que deben presentarse, advirtiéndose de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidas de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21, conformidad con lo establecido en el artículo 68.1, todos ellos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 19/12/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date19/12/2023

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Edition count6172

First edition19/11/1926

Last issue07/06/2024

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