Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 6/10/2023

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

614.-

ANUNCIO

DECRETO del Consejero de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos, D. Alejandro Ramírez Hurtado, de fecha 29
de septiembre de 2023, por el que se aprueba el Plan Anual de Aprovechamiento cinegético de la Zona de Caza Controlada de la Ciudad de Ceuta para la temporada 2023-2024.

Por resolución de la Consejera de Economía, Hacienda y Administración Pública de fecha 26.2.2016, se adjudica a la Asociación de Cazadores, Pescadores y Silvestristas de Ceuta, el contrato de gestión del servicio público de control y regulación del disfrute de la actividad cinegética de los terrenos sometidos al régimen de caza controlada en la Ciudad de Ceuta siendo prorrogado por otra resolución de la Consejera de Hacienda, Economía y Función Pública de 28.4.2022.
La Sociedad Gestora de la zona controlada de caza ZCC con fecha 23.9.2023 2023/48568 adjunta copia de plan anual de aprovechamiento en lo sucesivo PAA cinegético para la zona de caza controlada para la temporada 2023-2024, redactado por D. José Ramón Arcediano García Sacedon ingeniero técnico forestal.
Los Servicios Técnicos de OBIMASA, con fecha 26.9.2023 emiten informe 259/2023 en el que, tras estudiar la documentación aportada, estima procedente la aprobación del Plan Anual de Aprovechamientos para la temporada 2023-2024.
Considerando que el artículo 14.3 de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza BOE n. 82, de 6.4.1970 establece que en los terrenos de caza controlada por una sociedad colaboradora se reservará a los cazadores nacionales y a los extranjeros residentes ajenos a ella un número de permisos que no será menor de la cuarta parte del total, sin que el importe de cada permiso pueda exceder del doble de lo que por el mismo concepto abonen los cazadores afiliados a la sociedad colaboradora.
Los permisos para cazadores ajenos a la Sociedad Colaboradora serán distribuidos entre los peticionarios por el propio Servicio, sin perjuicio de que su importe sea ingresado en las arcas de la Sociedad art. 16.8 Reglamento para la ejecución de la Ley 1/1970, DE 4 de abril, de Caza, aprobado por Decreto 506/1971, de 25 de marzo, BOE n. 76, de 30.3.1971.

En similares términos se pronuncia el apartado 5 del PPT.
De acuerdo con la documentación facilitada por la entidad gestora, hay que indicar lo siguiente:
a. Respecto de los permisos a conceder. El total de de autorizaciones a conceder es de 137.- Corresponde a la citada sociedad la concesión de 100 75% del total, correspondiendo a la Consejería de Medio Ambiente y Servicios Urbanos la concesión de 33 autorizaciones 25% del total.
b. En cuanto al importe de los permisos. Los asociados a la sociedad gestora abonarán la cantidad de 300.00 €. Por su parte, la Administración de la Ciudad fija el importe en 400.00 €.
Conforme dispone el apartado 4.4 del PPT corresponderá a la Consejería de Medio Ambiente la aprobación del Plan Anual de Aprovechamientos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.1.1 de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta BOE n. 62, de 14.3.1995 corresponde a ésta competencias de gestión del medio ambiente comprendiendo facultades de administración, inspección y sanción, y, en los términos que establezca la legislación general del Estado, el ejercicio de la potestad normativa reglamentaria.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2493/1996, de 5 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de conservación de la naturaleza BOE n. 13, de 15.1.1997 la Ciudad de Ceuta tiene las competencias que le corresponden a las Comunidades Autónomas conforme a la legislación vigente sobre conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.
En uso de las atribuciones que le confieren el Decreto de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, de fecha 23.6.2023 BOCCE extraordinario n. 42, de 23.6.2023 HE RESUELTO:
PRIMERO. Aprobar el Plan Anual de Aprovechamiento cinegético de la Zona de Caza Controlada de la Ciudad de Ceuta para la temporada 2023-2024, remitido por la Sociedad de Cazadores gestora de la ZCC y redactado por ingeniero técnico forestal D.
José Ramón Arcediano García Sacedon.
SEGUNDO. La Ciudad de Ceuta, a través de la Consejería de Medio Ambiente y Servicios Urbanos, podrá conceder hasta un máximo de 33 permisos de caza para cazadores ajenos a la entidad gestora de la zona de caza controlada, que se irán concediendo por orden de petición hasta cubrir dicho cupo.
El importe de los citados permisos de caza asciende a la cantidad de 400.00 €, todas aquellas personas interesadas en la concesión del citado permiso de caza, previamente deberán abonar en una sola cuota y, aportar copia del ingreso de la citada cantidad en la cuenta corriente ES60 2100 7407 5113 0040 5863 CAIXABANK cuyo titular es la Sociedad Gestora de la zona de caza controlada.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

2030

About this edition

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 6/10/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date06/10/2023

Page count17

Edition count6171

First edition19/11/1926

Last issue04/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Octubre 2023>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031