Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 25/07/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

485.-

DAR PUBLICIDAD A LA RESOLUCION de fecha 17/07/2023. Asunto: Encargo a TRAGSA de la puesta en marcha y ejecución de un programa mixto de formación y empleo en el marco del Programa Operativo FSE para Ceuta 2014-2020.
ANTECEDENTES

PRIMERO. Los Programas Mixtos de Empleo y Formación son proyectos de carácter temporal en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en la ejecución de obras o servicios de utilidad pública o interés social y cumplen la finalidad de aumentar la empleabilidad de las personas desempleadas, a través de la adquisición de competencias profesionales adaptadas a las necesidades del mercado.
Dichos programas tienen amparo en el Programa Operativo FSE Ceuta 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea el 24 de agosto de 2015, modificado por Decisión de Ejecución de la Comisión C20215682, de 23 de julio de 2021, así como en los criterios de selección de operaciones aprobados por el Comité de Seguimiento el 11 de enero de 2016 versión junio 2021. La operación persigue alcanzar el objetivo específico R.1.1-OE REACT-UE 1 de la Prioridad de Inversión R.1. del Programa Operativo FSE Ceuta 2014-2020 y al menos uno de los resultados previstos para el citado objetivo, a saber, aumentar la empleabilidad de las personas demandantes de empleo y de las personas afectadas por el desempleo, incluidas personas desempleadas de larga duración y de más edad, a través de adquisición de competencias profesionales, adaptadas a las necesidades del mercado.
Estos programas serán financiados por el Fondo Social Europeo como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19, en un porcentaje del 100 %, a través del eje prioritario R REACT-UE, objetivo temático Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía; prioridad de inversión R.1 Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía; objetivo específico R.1.1 OE REACT-UE 1 Apoyar el acceso al mercado de trabajo, la creación de puestos de trabajo y el empleo de calidad, así como el mantenimiento del empleo, incluido el empleo juvenil, y el apoyo a los trabajadores por cuenta propia y a los emprendedores.
SEGUNDO. PROCESA es una sociedad mercantil pública perteneciente íntegramente a la Ciudad Autónoma de Ceuta, en cuyo sector público institucional se integra. Es medio propio y servicio técnico de la misma. Su actividad consiste en la prestación, en régimen de gestión directa, del servicio público, competencia de la Ciudad, de promoción y fomento del desarrollo económico y social de Ceuta, dentro del cual se comprenden, entre otras actividades, las de programación, gestión, seguimiento y control administrativo, técnico, financiero y presupuestario, de las actuaciones cofinanciadas por los Fondos Europeos y la Ciudad Autónoma de Ceuta.
PROCESA fue designada organismo intermedio, a efectos de la ejecución del PO FSE Ceuta 2014-2020, por la Subdirección General Adjunta de Gestión de la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el día 19 de julio de 2016, mediante la formalización del Acuerdo de Atribución de Funciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 123 apartado 6 del Reglamento UE 1303/2013.
TERCERO. A efectos de la puesta en marcha y ejecución de un programa mixto de empleo y formación, de cuatro meses de duración, y en función de la asignación disponible en el citado P.O. FSE 2014-2020 para Ceuta, PROCESA ha solicitado presupuesto a TRAGSA, medio propio de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
Dicho presupuesto asciende a 1.599.996,25 euros, que estarían destinados a la contratación y formación de un grupo de 75 personas, 37 en tareas de limpieza viaria y 38 en jardinería, a los que se sumarían dos capataces para control y seguimiento de los trabajos. El presupuesto incluye vehículos para los capataces y para la operativa del servicio, canon de vertido, compra de materiales y herramientas, vestuario y elementos de seguridad y salud necesarios para la realización de los trabajos. Asimismo, en el área de formación, incluye equipo de coordinación y el equipo docente, alquiler de aulas formativas, y material didáctico y fungible.
A dichos antecedentes le son de aplicación los siguientes RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO. Conforme a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, los encargos de los poderes adjudicadores a los medios propios personificados, que cumplan los requisitos de dicho artículo, no tienen la consideración de contrato.

Tanto PROCESA como TRAGSA son medios propios personificados de la Ciudad Autónoma de Ceuta, al cumplir ambas los respectivos requisitos los del art. 32.2 respecto a una única entidad PROCESA y los del art. 32.4 respecto de dos o más poderes adjudicadores independientes entre sí TRAGSA.
A su vez, en su apartado 3, el reiterado artículo 32 señala que también será aplicable cuando la persona jurídica controlada, siendo un poder adjudicador, realice un encargo al poder adjudicador que la controla o a otra persona jurídica controlada, directa o indirectamente, por el mismo poder adjudicador, siempre que no exista participación directa de capital privado en la persona jurídica a la que se realice el encargo.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 25/07/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date25/07/2023

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