Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/05/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

370.-

ANUNCIO

Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación de la Ciudad Autónoma de Ceuta, D. Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, por el que se aprueba el Calendario de Vacunas pediátrica y adulta.

En el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta nº 6246, de fecha 25 deoctubre de 2022, se publica Calendario de Vacunación pediatría y adulto de la Ciudad de Ceuta, actualmente en vigor .
Queda incorporado al expediente informe del Jefe de Servicio de Prevención y Promoción de la Salud en relación a un nuevo calendariode vacunación de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de conformidad con el acuerdo del Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, previa aprobación de la Comisión de Salud Pública, y en sesión de19 de diciembre de 2022 aprobó los documentos técnicos Calendario deVacunación Común a lo Largo de Toda la Vida para 2023, con laincorporación/modificación de pautas en cuatro vacunas:
-

Vacuna meningococo serogrupo B.
Vacuna conjugada tetravalente ACYW.
Vacuna frente al Herpes Zoster.
Vacuna contra la gripe en población infantil de 6 a 59 meses.

Consecuencia de ello es preciso su aprobación por el órgano competente para ello, es decir la Consejería titular de la competencia de sanidad, salud e higiene y su publicación en el B.O.C.CE para conocimiento de los ciudadanos y en especial de los profesionales sanitarios.
1.- Ley Orgánica 1/1995 por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta, cuyo artículo 30 dispone lo siguiente: La Ciudad de Ceuta se rige, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su administración, por lo establecido, con carácter general, por la legislacióndel Estado sobre régimen Local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto 2.- Real Decreto 32/1999, de 15 de Enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la administración del Estado a la Ciudad de Ceuta, en materia de sanidad. Publicado en el B.O.E. de fecha 4-2-99 establece en su apartado B como funciones que asume la Ciudad de Ceuta dentro de su ámbito territorial, ejercerá las siguientes:
a La organización, programación, dirección, resolución, control, vigilancia, tutela, así como la sanción e intervención de las actividades y servicios de competencia de la administración Sanitaria del Estado relacionados con los párrafos d a I de este epígrafe, concretando en el apartado j:
Los programas sanitarios tendentes a la protección y promoción de la salud, tales como los de higiene maternal, infantil, escolar, industrial, laboral, ambiental, deportiva, mental, así como las acciones sanitarias permanentes en materia de enfermedades transmisibles y no transmisibles, antropozoonosis y educación sanitaria.
3.- Ley 14/1986, de 25 de Abril, General de Sanidad, establece en su artículo 1 que Son titulares de derecho a la protección de la salud y ala atención sanitaria todos los españoles y los ciudadanos extranjerosque tengan establecida su residencia en el territorio nacional.
Asimismo en el artículo 6 se dispone como actuaciones de las Administraciones Públicas Sanitarias garantizar que cuantas accionessanitarias se desarrollen estén dirigidas a la prevención de las enfermedades y no solo a la curación de las mismas.
4.-Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, cuyoart 19 establece que las Administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias: c Impulsarán otras acciones de prevención primaria, como la vacunación, que se complementarán con acciones de prevención secundaria como son los programas de detección precoz de la enfermedad.
5.- Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de 19 de diciembre de 2022 en el que se incluye recomendación frente a vacunación infantil y adulto aprobado por unanimidad de todas las Comunidades y Ciudades Autónomas 6.- Decreto de la Presidencia, de 8 de octubre de 2020 Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, de 13 de octubre de 2020 por el que se establece la estructura administrativa de la Ciudad y se atribuye a la Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación competencias en materia de salud publica prevención y promoción de la salud.
CONCLUSIONES.Procede aprobar, vía Decreto del titular de la Consejería, nuevo Calendario de Vacunación para la población pediátrica y adulta, que consta como anexo del informe del Jefe de Servicio de Prevención y Promoción de la salud, debiendo publicar en el B.O.C.CE tanto el textodel Decreto como la tabla del calendario.
ALBERTO RAMÓN GAITÁN RODRÍGUEZ
CONSEJERO DE SANIDAD, CONSUMO
Y GOBERNACIÓN
FECHA 16/05/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1102

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/05/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date23/05/2023

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First edition19/11/1926

Last issue04/06/2024

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