Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 27/07/2018

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
SECRETARÍA GENERAL

495.-

INFORMACIÓN PÚBLICA

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril de 1986 B.O.E. número 103 de 30-4-86, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se somete a Información Pública el siguiente Canon de Regulación para el año 2019, calculado de conformidad con lo preceptuado en los artículos 114.3 y 126 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, Texto Refundido de la Ley de Aguas.
Realizados los cálculos pertinentes, resulta, los cánones a aplicar serán los que a continuación se detallan:
CANON DE REGULACIÓN PARA EL ABASTECIMIENTO DE LA CIUDAD DE CEUTA. AÑO 2019.
Realizados los cálculos pertinentes, resulta un Canon de Regulación para el abastecimiento de la ciudad de Ceuta de 432.062,37
euros.
Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de veinte días 20 hábiles, contados desde la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, durante cuyo período podrán presentarse alegaciones por los interesados, ante el Excmo. Sr. Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, en Sevilla, Plaza de España, sector II, así como, ante el Sr. Ingeniero Jefe de la Zona de Ceuta, en Ceuta, Plaza del Renegado s/n, en cuyas oficinas y durante las horas hábiles, se encuentra a disposición de quién solicite su examen, el Canon de Regulación, redactado de conformidad con las normas vigentes.
Además se cumplimentará el Decreto 138/1960, B.O.E. número 30 de 5 de febrero de 1960.
Sevilla, a 10 de julio de 2018.El Presidente, P.A. La Directora Técnica, C. Nuria Jiménez Gutiérrez.

AUTORIDADES Y PERSONAL
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

490.-

La Excma. Sr. Consejera de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo, D. Kissy Chandiramani Ramesh, en virtud de las competencias atribuidas por la Presidencia de la Ciudad realizada por Decreto de fecha 28-02-2017, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente:
DECRETO
ANTECEDENTES DE HECHO.Se tiene prevista la convocatoria de una Bolsa de Trabajo de Médico Especialista en Medicina del Trabajo para cubrir las necesidades de dicho personal de carácter temporal en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de esta Administración, que se regirán por las bases aprobadas por Decreto de 06/04/17 B.O.C.CE. nº 5.669, de 14 de abril.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS.Las citadas Bases Reguladoras de las Bolsas de Trabajo, establecen en su apartado 1 que la creación de una bolsa de trabajo tiene como objetivo la contratación para cubrir necesidades de personal que tengan carácter temporal, una vez negociada con las distintas Centrales Sindicales con representación en nuestra Administración el objeto de la contratación, a través de la valoración de méritos conforme al Anexo I cumpliendo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, que será publicado para cada categoría en su respectiva convocatoria.
Por su parte la base 12 dispone que la Bolsa de Trabajo estará vigente hasta tanto no sea aprobada otra que la sustituya.
Asimismo, la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, señala en su artículo 20.Dos que durante el año 2016 no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.
Por acuerdo de Consejo de Gobierno de 20 de abril de 2012 se determinan como prioritarios a los efectos exigidos en el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, los siguientes servicios: Residencia de Mayores en las categorías sanitarias, servicio de limpieza y comidas, Guarderías en las categorías educativas, servicios de limpiezas y comidas, Centro de Menores en las categorías educativas, seguridad, servicio de limpieza y comidas.
La competencia en esta materia la ostenta la Excma. Sr. Consejera de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo, Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

3.927

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 27/07/2018

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date27/07/2018

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Edition count6170

First edition19/11/1926

Last issue31/05/2024

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