Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 25/05/2018

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
AUTORIDAD PORTUARIA DE CEUTA

329.-

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta por la que se hace pública la aprobación del Pliego de condiciones particulares para prestación del servicio comercial de suministro de agua a buques atracados en el puerto de Ceuta.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta, en la sesión de fecha 11 de abril de 2018, acordó aprobar el mencionado Pliego.
Lo que se hace público para su conocimiento general, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta de acuerdo al artículo 45 de la Ley 39/2015 de 01 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas no publicándose en su integridad, señalándose la página Web de la Autoridad Portuaria de Ceuta www.puertodeceuta.com, donde los interesados pueden acceder al documento completo.
EL PRESIDENTE
José Francisco Torrado López
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

330.- Dar publicidad a la Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública
y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 10 de mayo de 2018, mediante la que se rectifica los errores materiales detectados en las Bases y Convocatoria de ayudas para Autoempleo 2015, de conformidad con las Bases Reguladoras Específicas para la concesión de subvenciones públicas cofinanciadas con el Fondo Estructurales y de Inversiones Europeas, periodo 20142020.
La Excma. Sra. Consejera de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía por Decreto de fecha 20 de septiembre de 2017 y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, ha resuelto dictar con esta fecha la siguiente:
RESOLUCIÓN
Mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de 10 de septiembre de 2015, se aprobaron las Bases Reguladoras Específicas relativas a las ayudas al autoempleo, así como la correspondientes publicadas en el Bocce 5504 de 15 de septiembre de 2015.
Revisada la publicación de la citada convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma, se ha comprobado la existencia de un error material en la base 4 y disponendo 4º de la convocatoria, relativos a la aportación voluntaria del Plan de Empresa, habiendo sido utilizado el tiempo verbal de obligación deberán cuando debe ser expresada la voluntariedad mediante el verbo podrán, ya que dicho documentos es voluntario es baremado como criterio objetivo de valoración por lo que no puede ser un documento obligatorio sino opcional.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, dispone que las Administraciones Públicas podrán rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo ello, HE RESUELTO:
1º.- Rectificar con carácter retroactivo para todas las fases de la convocatoria 2015, la base 4 y disponendo 4º de la convocatoria de la Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 10 de septiembre de 2015, relativa a utilización correcta del tiempo verbal, donde dice:b Los proyectos deberán ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero, para ello, deberán aportar un Plan de Negocios sobre la viabilidad económica del proyecto, Debe decir:b Los proyectos deberán ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero, para ello, podrán aportar un Plan de Negocios sobre la viabilidad económica del proyecto, Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de potestativo de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo previsto en la Ley de 29/1998 de 13
de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la presente notificación, o cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa de su derecho.
LA SECRETARIA GENERAL
PDF El Técnico de Administración General Rodolfo Croce Clavero Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

3.558

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 25/05/2018

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date25/05/2018

Page count23

Edition count6166

First edition19/11/1926

Last issue17/05/2024

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