Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 15/05/2018

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

299.-

El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Néstor García León, por su Decreto de fecha 24 de abril de 2.018, ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO.Primero.- Por Decreto del Consejero de Fomento, número 002066, de 8 de marzo de 2018, se aprueba la encomienda de gestión consistente en la ejecución de las obras de Demolición y Dirección de Obra del Edificio en Agrupación Norte nº 4, Calle Central, frente al Poblado Legionario, en la Ciudad Autónoma de Ce4uta, a la Empresa de Transformación Agraria SA TRAGSA.
- Segundo.- Se ha detectado dos errores materiales en la parte Dispositiva Primera del Decreto; concretamente, en los apartados d y e, al omitirse en el primero, la figura del facultativo designado por la Administración, además del Director de Obra, y la conformidad del Consejero. Por otro lado, en el segundo, se designa, erróneamente, como Director Facultativo a un empleado de la Ciudad, cuando esta dirección está tribuida a facultativo externo, conforme se recoge en el anexo II de la referida Encomienda de Gestión.FUNDAMENTOS JURÍDICOS.I.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que Las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.- Advertido el error material citado en los antecedentes en el Decreto 002066, de 8 de marzo; al amparo del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede su rectificación, al constituir un mero error material.PARTE DISPOSITIVA.Con base en los antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos que proceden, se aprueba:
PRIMERO. Rectificar en Decreto 002066, de 8 de marzo de 2018, en el siguiente sentido: Donde dice: d ABONO DE LOS
TRABAJOS: El abono de los trabajos, se realizará mediante certificación de las obras realizadas mediante la emisión de factura previa a la aprobación por el Director Facultativo de la encomienda, y conformada por el Consejero, relativa a los servicios realmente ejecutados, y conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional vigésimo quinta del TRLCSP y el Real Decreto 1.072/2010, de 20 de agosto. Debe decir: d ABONO DE LOS TRABAJOS: El abono de los trabajos, se realizará una vez prestada la conformidad a la factura emitida por la Empresa de Transformación Agraria SA TRAGSA, que se corresponda con la certificación parcial de la obra efectivamente ejecutada, que, previamente, será aprobada por el Director Facultativo de la encomienda y por el técnico designado por la Administración y conformada por el Consejero de Fomento; conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional vigésimo quinta del TRLCSP y el Real Decreto 1.072/2010, de 20 de agosto.- Y donde dice: e DIRECTOR DE LOS TRABAJOS: La Ciudad Autónoma de Ceuta designa como Director Facultativo de la actuación para la ejecución de los trabajos encomendados, con la finalidad de supervisar la actuación realizada por parte de TRAGSA a D. Francisco Navas Ponte.- Debe decir: e DIRECTOR DE LOS TRABAJOS: La Ciudad Autónoma de Ceuta, conforme se recoge en el anexo II de la encomienda de gestión, tiene encomendada la figura del Director Facultativo de la actuación para la ejecución de los trabajos realizados, con la finalidad de supervisar la actuación realizada por parte de TRAGSA.SEGUNDO.- Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación o interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, todo ello, sin perjuicio de que pueda interponer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.TERCERO.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta.-
Ceuta, 26 de Abril de 2.018
VºBº EL PRESIDENTE, P.D.F. EL CONSEJERO DE FOMENTO, Decreto de Presidencia 11/11/16

LA SECRETARIA GENERAL, P.D.F. Resolución Secretaría 15-02-2010 BOCCE 25-02-2010
LA TÉCNICO DE ADMÓN. GENERAL,
Néstor García León
Aurora Visiedo Pérez
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

3.474

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 15/05/2018

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date15/05/2018

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First edition19/11/1926

Last issue21/05/2024

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