Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 29/2/2024 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

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Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

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Acreditar con anterioridad a dictarse la resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

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Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos en la legislación mercantil, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por el órgano concedente con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

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Llevar una contabilidad separada o código contable separado para los gastos e ingresos vinculados a la subvención.

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Presentar memoria económica justificativa de los gastos e inversiones realizados para la correcta justificación de la concesión de la subvención.

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Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, durante todo el periodo de actuaciones de comprobación y control 5 años.

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Justificar las circunstancias que han motivado la modificación de la alteración de las condiciones presentadas para la concesión de la subvención.

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Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de la subvención, incluyendo la inscripción en el registro público que corresponda de la resolución de subvención relativa a los bienes subvencionados.

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Proceder al reintegro de los fondos percibidos así como al interés de demora correspondiente, cuando se den los supuestos previstos en el procedimiento de reintegro.

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Cualquier otra que se desprenda del contenido de las presentes bases y normativa aplicable.

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Los beneficiarios habrán de observar, en todo caso, las obligaciones relativas a las disposiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Ciudad Autónoma de Ceuta.

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Cuando la subvención se solicite por una persona jurídica se requerirá que la realización de la actividad subvencionada tenga cabida dentro del objeto o fines sociales de la misma.

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Aceptar la inclusión de la operación y sus datos en la lista de operaciones prevista en el artículo 49.3 del Reglamento UE
1060/2021, del Parlamento Europeo y el Consejo de 24 de junio.

Firmado digitalmente en Ceuta, en la fecha indicada.
KISSY CHANDIRAMANI RAMESH
CONSEJERA DE HACIENDA, TRANSICIÓN ECONÓMICA
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
FECHA 20/02/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

935

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 29/2/2024 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date29/02/2024

Page count14

Edition count490

First edition31/03/2004

Last issue15/05/2024

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