Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 19/9/2023 - Extraordinario

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en convocatorias anteriores.
Las ayudas contempladas en estas bases revestirán la forma de subvención.
Para la determinación del coste total financiable se partirá del coste estimado para cada actividad por el solicitante y se deducirán del mismo aquellas partidas que no se ajustaren a las condiciones de la convocatoria o no se consideraran necesarias para el desarrollo del proyecto o programa, obteniendo así el importe ajustado del que se deducirá, en su caso, el exceso solicitado sobre la cuantía máxima subvencionable.
Una vez determinado el importe ajustado el orden de preferencia para la obtención de la subvención será el que resulte del orden de puntuación obtenido en la evaluación.
El importe concedido, que deberá ser fijado en la resolución de concesión, no podrá ser rebasado por desviaciones en la ejecución.
Las subvenciones recibidas por el beneficiario final constituyen un ingreso computable a efectos fiscales, en el correspondiente impuesto de sociedades art.15 LIS o en el impuesto sobre la renta de las personas físicas art. 33 LIRPF
Los criterios para la concesión de las ayudas han de ser siempre criterios objetivos, transparentes y públicos, susceptibles de ser acreditados documentalmente.
Dado que el carácter de concurrencia competitiva de las ayudas reguladas en las presentes bases, se establecen criterios de selección de proyectos, que se indican por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye, cuya puntuación máxima será sobre 40.
El crédito disponible para las subvenciones se otorgará a quienes obtengan mejor valoración de entre los que hubieran acreditado cumplir los requisitos necesarios para ser beneficiario.
Así mismo, el crédito presupuestario no aplicado por la renuncia a la subvención de alguno de los beneficiarios podrá utilizarse por el órgano concedente para acordar, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquél, en orden de su puntuación.
Todos los proyectos podrán obtener:
Un incentivo mínimo fijo establecido del 20% de los costes subvencionables, además de los incrementos que le correspondan en función de las características adicionales que reúna el proyecto, de acuerdo con las siguientes definiciones y cuantías:
a
Criterios de Responsabilidad Ambiental: se aplicará un incentivo adicional del 5% de los costes subvencionables, siempre que se dispongan o adopten alguna de las siguientes certificaciones y/o actuaciones:
Certificación a través de sistemas normalizados de gestión ambiental UNE-EN ISO 14001, EMAS, etc.
Compromiso de certificación a través de sistemas normalizados de gestión ambiental UNE-EN ISO 14001, EMAS, etc.

b Generación de empleo: se aplicará un incentivo adicional de hasta el 15% de los costes subvencionables por la creación de empleo indefinido a jornada completa. Se asignará un 1% por cada empleo indefinido y a jornada completa que se generen en el proyecto en el período de elegibilidad de la convocatoria.
c
Criterio Sectorial: Se aplicará un incentivo adicional de hasta el 10% de los costes subvencionables, a los siguientes sectores de actividad:

Servicios digitales tales como el alojamiento de sitios informáticos y páginas web y otros servicios consistentes en ofrecer o facilitar la presencia de empresas o particulares en una red electrónica. 2%
Economía digital, basa en la utilización de las distintas plataformas tecnológicas para el impulso de nuevos modelos de negocio. 2%
Economía verde, como medio para conservar y preservar el medio ambiente y disminuir las amenazas al mismo.
Promoviendo un uso eficiente de los recursos y la disminución de las emisiones de carbono, así como la creación de empleos verdes. Actividades de biodiversidad y eficiencia energética. 2%
Economía azul, actividades tales como la utilización del medio marino para producir distintos tipos de energías renovables y la biotecnología azul que busca transformar los recursos marinos en bienes y servicios en diversos campos. 2%
Industria transformadora ligera basa en la producción de artículos de consumo tales como ropa, mobiliario, calzado, alimentos procesados, libros, medicinas, etc. 2%

Los beneficiarios de este programa recibirán un porcentaje mínimo de subvención del 20% de los costes subvencionables, con un tope máximo del 50% para las micro y pequeña empresa y del 40% para la mediana, en términos de equivalente de subvención.
Incentivo mínimo fijo Responsabilidad Ambiental Generación de empleo Sector de actividad Porcentaje máximo ayuda
Micro y pequeña empresa 20%
5%
15%
10%
50%

Mediana empresa 20%
5%
15%
10%
40%

Si la subvención así obtenida supera los límites establecidos en el párrafo anterior, se aplicará este límite como porcentaje total máximo de la subvención a obtener.

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 19/9/2023 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date19/09/2023

Page count5

Edition count488

First edition31/03/2004

Last issue09/05/2024

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