Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 8/5/2020 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

- En la segunda fase, comprendida entre el 25 de mayo y el 7 de junio, dos tercios como máximo de la plantilla de la unidad administrativa correspondiente estableciéndose en caso de que sea posible, la rotación del personal.

- Y la tercera fase, a partir del 8 de junio en adelante, que se reincorporará el resto de la plantilla.
- Respecto al personal que se encuentre en grupos de riesgo, deberán de conformidad con el Protocolo 1005, del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, tramitar su baja laboral, y se reincorporarán presencialmente cuando se determine, según las recomendaciones sanitarias por la evolución del COVID-19. Se considera grupo de riesgo:

Mayores de 60 años Afectos de Hipertensión Afectos de Diabetes Afectos de Enfermedad cardiovascular crónica Afectos de Enfermedad pulmonar crónica Afectos de Cáncer en fase de tratamiento Afectos de Inmunodepresión Embarazadas
- El personal que permanezca en su domicilio por el cumplimiento de un deber inexcusable artículo 48, j, TREBEP, debidamente acreditado se reincorporara cuando desaparezca la causa que lo motivó.
- Estas tres fases, serán efectivas, en las fechas expresadas, salvo que haya una evolución desfavorable del COVID-19, determinada por el Gobierno de la Nación y conlleve que la Ciudad no avance a la fase siguiente que en su caso corresponda.
Ese hecho, paralizará el proceso de reincorporación del personal en la fase en la que se encuentre, y solo continuará una vez que la Ciudad alcance las condiciones sanitarias óptimas que le permitan avanzar a la siguiente fase del Plan de desescalada.
- Los Consejeros o Directores Generales, a propuesta de los respectivos Jefes Administrativos, determinarán los turnos rotatorios, en su caso, de los empleados públicos adscritos a sus respetivas Consejerías, atendiendo a las necesidades de servicio y a criterios debidamente motivados.
- Las fases explicitadas tienen las siguientes condiciones:
1º.- No podrá realizarse ninguna de las fases de incorporación sin que se respete el mínimo de 2 metros de distancia entre los puestos de trabajo, y se deberán adoptar todas aquellas medidas preventivas que más adelante se explicitarán.

2º.- En los supuestos en los que, en las unidades administrativas se produzcan aglomeraciones de empleados, sin que se pueda respetar la distancia mínima de 2 metros, se establecerán turnos, tantos como sean necesarios, con criterios equitativos para que la carga de trabajo se distribuya entre todos de una manera objetiva y razonable.
3.- Teletrabajo.
- La Ciudad Autónoma de Ceuta seguirá fomentando el teletrabajo, y en la medida de las disponibilidades presupuestarias, se incrementará el número de licencias que actualmente dispone. En este caso, se tendrá en cuenta al personal que habiéndolo solicitado, no haya tenido acceso al uso de dicha herramienta.
- La organización actual del personal que disponen de las herramientas informáticas para poder trabajar desde su domicilio particular, se realizo en las primeras semanas del estado de alarma para garantizar fundamentalmente la prestación de servicios esenciales, por ello para adecuarse a la nueva normalidad laboral, se estima necesario una nueva ordenación provisional de esta modalidad de prestación de servicios no presencial, que se mantendrá únicamente mientras perdure la situación de crisis sanitaria en la que nos encontramos y se ajustará a los siguientes términos:
1º.- Tanto los empleados públicos catalogados como grupos de riesgo tras su alta médica preceptiva, como los que permanezcan en su domicilio por el cumplimiento de un deber inexcusable o cualquier otra causa legal justificada, realizaran la prestación de sus servicios profesionales a través del teletrabajo.
2º.- También realizarán teletrabajo, siempre que sea posible disponibilidad de licencias, aquellos empleados públicos que actualmente dispongan de esta herramienta y por aglomeración de personal no sea posible respetar la distancia mínima de metros, cuestión que tendrán en cuenta los respectivos Consejeros o Directores Generales, a propuesta de los jefes de las unidades administrativas, en el orden de reincorporación de los empleados públicos en las tres fases determinadas.
3º. De igual manera, realizarán teletrabajo, siempre que sea posible, todos los empleados públicos que hayan tenido riesgo por contacto estrecho con posibles transmisores del COVID-19.
La modalidad de prestación de servicios no presencial, podrá compatibilizarse puntual o periódicamente con la modalidad presencial de prestación del servicio cuando se requiera al empleado público para ello.

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 8/5/2020 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date08/05/2020

Page count6

Edition count490

First edition31/03/2004

Last issue15/05/2024

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