Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 25/2/2019 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Lunes, 25 de febrero de 2019

Página 59

Tercero. El artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico establece que para la puesta en funcionamiento de las instalaciones de distribución es necesaria una autorización administrativa previa que otorga a la empresa autorizada el derecho a realizar una instalación concreta en determinadas condiciones y una autorización administrativa de construcción, que permite al titular realizar la construcción de la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
Cuarto. El Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica establece el procedimiento para el otorgamiento de autorizaciones administrativas para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica.
Vistos los preceptos citados, esta Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo R es u elve Otorgar autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación del expediente AT-E-16362, con las siguientes características:
Adecuación posiciones 561 y 562 con el siguiente alcance:
1 bobina telefonía alta frecuencia, 1 seccionador de barra, 1 transformador tensión capacitivo, 3 transformadores intensidad, 3 autoválvulas, 1 interruptor, 1 seccionador salida de línea, 3 transformadores tensión inductivos para la medida en barra.
C on d icion es 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de un año, contado a partir de la fecha de la presente resolución.
3. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4. Asimismo, la titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por la misma. Además la titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios.
5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.
6. El certificado de dirección de obra deberá incluir, en su caso, acreditación de la subsanación de los defectos incluidos en el boletín de revisión periódica.
7. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Málaga, 4 de febrero de 2019.
El Delegado Territorial, Mariano Ruiz Araújo.
1019/2019
D

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Número 38

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 25/2/2019 (Suplemento 1)

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

CountrySpain

Date25/02/2019

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First edition20/02/2001

Last issue19/05/2024

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