Boletín Laboral de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán - Texcoco del 13/3/2019
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Source: Boletín Laboral de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán - Texcoco
BOLETIN LABORAL
JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL VALLE CUAUTITLAN-TEXCOCO
Tlalnepantla de Baz a 13 de marzo del 2019
TOMO I
AÑO XXIII
No. 046
EXPEDIENTE J.2/676/2016
NOHEMI SARA LEYVA SANCHEZ Y/O
VS
GAPATA LOGISTICS, S.A. DE C.V. Y/O
TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, A ONCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.----------------------------------------------------------------------------------------CONVOCATORIA
En virtud de que la C. NOHEMI SARA LEYVA SANCHEZ Y/Oha denunciado ante la Junta Especial Numero DOS de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco, la muerte del C. JIMENEZ ROEDEL ARTURO y al mismo tiempo solicita sea designado como beneficiarias a efecto de que este en posibilidad de cobrar las prestaciones qu e conforme a derecho les pudiese corresponder al trabajador fallecido, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 503 de la ley federal del trabajo, SE:-------------------------------------CONVOCA
A todas las personas que crean tener derecho a ser declaradas beneficiarios del trabajador fallecido, para que dentro de un término de treinta días a partir de la fecha en que aparezca publicada la presente, comparezcan ante la Junta Especial Numero Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuauti tlán Texcoco, sito en AV. SAN IGNACIO No 2, P.B.
COL. LOS REYES IZTACALA, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, C.P. 54090 CENTRO DE JUSTICIA LABORAL a deducir sus derechos.-----------------------------------
Se hace del conocimiento del público en general, que el de cujus el C. JIMÉNEZ ROEDEL ARTURO, fue trabajador de la moral demandada GAPATA LOGISTICS, S.A. DE C.V. Y/O
QUIEN RESULTE RESPONSABLE O PROPIETARIO DE LA FUENTE DE TRABAJO , con domicilio ubicado en CALLE GUILLERMO MARCONI NUMERO 8, ENTRE LAS CALLES
RADIAL TOLTECAS Y HENRY FORD FRACCIONAMIENTO INDUSTRIAL SAN NICOLÁS, C.P. 54030, EN TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, así mismo de que la muerte del trabajador ocurrió el día cuatro de febrero de dos mil dieciséis, por lo que se han señalado las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA TRES DE JUNIO DE DOS
MIL DIECINUEVE, para que tenga verificativo una audiencia de CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES, PRUEBAS Y RESOLUCIÓN.
Se expide la presente para su debida publicación en Tlalnepantla de Baz Estado de México, así como en el domicilio de la demandada a los once día del mes de septiembre del año dos mil dieciocho.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------LIC. GLADIS ORTIZ RIVERO
SECRETARIO DE ACUERDOS