Boletin Judicial de Costa Rica del 26/6/2023

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 2 BOLETÍN JUDICIAL Nº 114
Nombre
Lunes 26 de junio del 2023

Competencia material
Competencia territorial
Vigencia a partir del
Juzgado Segundo de Conocerá los asuntos de Familia Familia de San José salvo Niñez y adolescencia que los conoce el Juzgado especializado ni Segunda Instancia en Pensiones Alimentarias que las conocerá el Juzgado Primero de Familia.

Primer Circuito Judicial de San José, 1 de julio 2023
abarcando los siguientes distritos del cantón de San José: Carmen, Merced, Hospital, Catedral, Zapote, San Francisco de Dos Ríos y Uruca, Mata Redonda y Pavas; así como los cantones de Escazú, Santa Ana. Del cantón de Mora solamente el distrito de Colón y del distrito de Quitirrisí el poblado de Quebrada Honda.

Juzgado Primero de Conocerá de forma exclusiva la Familia de San José Segunda Instancia en materia de Pensiones Alimentarias, como superior de los Juzgados de Pensiones del Primer y Segundo Circuito Judicial de San José, Desamparados, PISAV Pavas, Juzgado de Pensiones y contra la VD de Escazú y Juzgados Contravencionales de Santa Ana, Mora, Aserrí, Acosta, Hatillo, San Sebastián y Alajuelita
Su competencia abarca De la Provincia 1 de julio de 2023
de San José, los siguientes distritos del cantón central: Carmen, Merced, Hospital, Catedral, Zapote, San Francisco de Dos Ríos, Mata Redonda y Uruca, Pavas, Hatillo, San Sebastián.
Los cantones de Goicoechea, Moravia, Coronado, Tibás, Montes de Oca y Curridabat, Desamparados, Escazú, Santa Ana, Aserrí, Acosta del distrito de Palmichal solo abarca los poblados de Sevilla y Bajos de Jorco, y Alajuelita.
Del cantón de Mora solamente el distrito de Colón y del distrito de Quitirrisí el poblado de Quebrada Honda.

El Juzgado Segundo de Familia de San José, Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Juzgado de Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita y Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de San José Desamparados dejarán de conocer como superiores las apelaciones de las resoluciones en Pensiones Alimentarias dictadas por los Juzgados de Pensiones de las zonas indicadas en el cuadro anterior, ya que esta competencia será exclusiva del Juzgado Primero de Familia de San José a partir del 1 de julio 2023.
El Juzgado Primero de Familia especializado en Apelaciones de Pensiones Alimentarias asumirá solamente los recursos de Pensiones Alimentarias itinerados a partir del 1 de julio 2023 por Juzgados de Pensiones del Primer y Segundo Circuito Judicial de San José, Desamparados, PISAV Pavas, Juzgado de Pensiones y contra la Violencia Doméstica de Escazú y Juzgados Contravencionales de Santa Ana, Mora, Aserrí, Acosta, Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. Los recursos ya presentados antes del 1 de julio 2023 en el Juzgado Segundo de Familia de San José, Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Juzgado de Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita y Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de San José Desamparados serán resueltos por esas oficinas.
De conformidad con la circular N 67-09 emitida por la Secretaría General de la Corte el 22 de junio de 2009, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
Ref.: 3970-2021, 4570-2023, 4640-2023, 4677-2023, 5227-2023, 5244-2023 y 5245-2023
San José, 5 de junio de 2023.

Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria General 1 vez.O. C. Nº 364-12-2021D.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2023785124 .
CIRCULAR Nº 132-2023
ASUNTO: Parámetros establecidos por ley para someter asuntos a la competencia de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada.
A LAS PERSONAS OPERADORAS PENALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión No.
46-2023 celebrada el 01 de junio de 2023, artículo LXXXIII, a solicitud expresa de la Subcomisión de Delincuencia Organizada, se hace de conocimiento de las personas operadoras penales del país, los parámetros establecidos por ley, para someter asuntos a la competencia de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada, que son:
1 En cuanto a la entrada en vigencia de la Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada: El artículo 4 de la Ley N 9769 de 18 de octubre de 2019, modificó la fecha de rige de la Ley N 9481 de 13 de septiembre de 2017, y señaló lo siguiente en relación con la entrada en vigencia de esta última ley: Se reforma la entrada
en vigencia de la Ley Nº 9481, Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica, de 13 de setiembre de 2017. El texto es el siguiente: Entrará en vigencia dieciocho meses después de que se haya otorgado el presupuesto necesario para su implementación, conforme a los estudios técnicos del Poder Judicial. el subrayado es suplido. Ahora bien, fue mediante Ley N 10103 de 30 de noviembre de 2021, vigente a partir de su publicación mediante Alcance N 249 a La Gaceta N 235, de 7 de diciembre de 2021, que se otorgaron, mediante Ley de Presupuesto del año 2022, los fondos que facultaron al Poder Judicial, para iniciar con el proceso de implementación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada. Se concluye de lo anterior, que los dieciocho meses establecidos para la entrada en vigencia de la Ley N 9481 de 13 de septiembre de 2017, se cumplen el 7 de junio de 2023, fecha en que, de acuerdo con las previsiones normativas, entrará en vigencia la Ley N 9481.
2 Parámetros fijados legalmente para el traslado de asuntos a conocimiento de la JEDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley de Creación de

About this edition

Boletin Judicial de Costa Rica del 26/6/2023

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date26/06/2023

Page count44

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2023>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930