Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 12/12/2019

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

386

Edictos
BOLETÍN JUDICIAL No. 217

efectos y alcances que refiere en su escrito de cuenta.
En consecuencia, en cumplimiento al párrafo primero del artículo 20 de nuestra Carta Magna, que dispone que todo proceso penal será adversarial y oral y se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, este juzgador en el ámbito de su competencia, tiene la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, por lo que deberá ser en audiencia pública en la que se resuelva la petición ministerial, por tanto, se señalan las 10:30
HORAS DEL DÍA 22 DE ENERO DE 2020, EN LA SALA DE
AUDIENCIAS 017, ubicada en el edificio de Salas Orales, en calle Jaime Nunó número 205, colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07210, a efecto de que tenga verificativo la audiencia para revisión de beneficio, misma que será presidida por el suscrito.
Haciéndole notar a la Representación Social que dicho medio de prueba, por cuanto hace a su admisión, exclusión e incorporación, se desarrollará sujetándose a las reglas que marca el Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación supletoria, debiendo tomar en consideración lo antes mencionado, con la finalidad de que, para el caso de estimarlo conveniente tome las medidas pertinentes para llevar acabo su incorporación ante la Autoridad correspondiente. En ese sentido y atendiendo a la fecha de audiencia señalada, en términos de los artículos 82, 83, 85, 90, 91 y 92 del Código Nacional de Procedimientos Penales, notifíquese el presente proveído que contiene la debida citación al Agente del Ministerio Público, a la Defensa y al sentenciado JUAN MANUEL BELTRÁN ORTEGA, debiendo por cuanto hace a esta último agotarse todos los medios que señala el numeral 82 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a la celebración de la citada audiencia, quedando apercibidos los dos primeros, que para el caso de no comparecer el día y hora de la audiencia, se les impondrá una medida de apremio consistente en multa por el equivalente a 20 veces la unidad de medida actualizada vigente, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 fracción II inciso b del Código Nacional de Procedimientos Penales, procediendo a su remplazo, previa intervención de sus superiores jerárquicos. Para lo anterior, envíese el oficio de estilo al Director General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, para que sea publicado el edicto en una sola publicación, a partir del día siguiente en que reciba el mismo. Respecto al sentenciado de mérito, se le apercibe que en caso de no comparecer a la audiencia referida, sin causa justificada, previa vista al Agente del Ministerio Público, se podrá revocar su libertad y ordenar su reaprehensión e internamiento en el centro de reclusión correspondiente, conforme al artículo 91
párrafo quinto del Código Penal para esta Entidad y 23
fracción I de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Se autoriza al Director de la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales 2, con Sede en Reclusorio Norte, a efecto de que en cumplimiento a lo ordenado en el presente auto, firme el oficio correspondiente, en auxilio y apoyo a las labores administrativas de los Jueces del Nuevo Sistema Procesal Penal Acusatorio, para los efectos legales a que haya lugar. Debiéndose agregar a la presente carpeta el escrito cuenta, para que obre como corresponda. ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA EL
LICENCIADO GERARDO ESPINOSA ZAMORA, JUEZ PENAL
ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES
EN LA CIUDAD DE MÉXICO, ADSCRITO A LA UNIDAD DE
GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES, SEDE RECLUSORIO NORTE, EN
TÉRMINOS DEL ACUERDO 05-22/2019 EMITIDO POR EL
PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
EL DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL
ESPECIALIZADA EN EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES, CON SEDE EN RECLUSORIO NORTE
LIC. JUAN RAMÓN NOVOA HERNÁNDEZ
12 Sin Costo CE: EJEC-NTE/1562/2019 OF. EJECNTE/73951/2019

Jueves 12 de diciembre del 2019

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/NTE/2858/2019
EDICTO No. 2065
Sentenciado: RODOLFO SOSA GONZÁLEZ
Delito: ROBO AGRAVADO
Se hace del conocimiento que dentro de la carpeta de ejecución EJEC-NTE/2858/2019, relacionada con el sentenciado RODOLFO SOSA GONZÁLEZ, por el delito de ROBO AGRAVADO, cometido en agravio de la víctima Zeus Alexander Ángeles González, se determinó lo siguiente: se sirva ordenar la notificación al sentenciado RODOLFO SOSA GONZÁLEZ cuyo domicilio se anexa en sobre cerrado, informándole que, dentro de la carpeta de ejecución señalada al rubro, en Audiencia, celebrada por el suscrito, el día de la fecha, se ordenó se le notifique lo siguiente: Deberá comparecer a la continuación de la audiencia inicial en etapa de ejecución de sentencias, misma que tendrá verificativo a las 12:30 horas del día 31
treinta y uno de diciembre del 2019 dos mil diecinueve, en la sala de oralidad número 14, ubicada en calle Jaime Nunó número 205, colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07200, Ciudad de México.
Edificio de salas orales AUTO.- Ciudad de México, 20 de noviembre de 2019. Vista la cuenta que antecede, se tiene en primer término al Licenciado J. Noé Gaspar Valle, Subdirector de Coordinación de Control y Seguimiento a Externados Monitoreo Electrónico y Presentaciones Personales de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario de la Ciudad de México, mediante el cual refiere que el sentenciado RODOLFO
SOSA GONZÁLEZ, se presentó ante dicha Coordinación el 13
de noviembre de la presente anualidad a realizar su trámite de alta, quedando establecidos los 13 de cada mes para dar cumplimiento a sus presentaciones personales, dando cumplimiento al requerimiento ordenado por esta autoridad;
manifestaciones que se tienen por hechas para los efectos legales conducentes. Por otra parte, atendiendo al contenido del oficio SSP/DECSSL/SCSEMEPP/10759/2019, se tiene al Licenciado J. Noé Gaspar Valle, Subdirector de Coordinación de Control y Seguimiento a Externados Monitoreo Electrónico y Presentaciones Personales de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario de la Ciudad de México, informando que el sentenciado RODOLFO SOSA GONZÁLEZ, acudió a realizar su trámite de alta el día 13 de noviembre del presente año;
asimismo, se le tiene remitiendo el plan de tratamiento al que se encontrará sujeto dicho sentenciado, en apegó al sustitutivo penal al que acogió, del que se advierte lo siguiente: Medida de capacitación: Derivarlo a la Dirección General del Instituto de Reinserción Social de la CDMX a efecto de incorporarlo a los cursos y/o talleres que se imparten en sus instalaciones y los cuales serán elegidos por el ejecutoriado en observancia a sus actividades habituales. Medida de salud: se derivó a la Dirección General del Instituto de Reinserción Social de esta ciudad de México a efecto de recibir asistencia PSICOLÓGICA INDIVIDUAL
y que de acuerdo a su disponibilidad, indicara los días y horarios en el que acudirá. En ese orden de ideas, en términos del artículo 34 del Código Penal vigente, dichas medidas permitirán al sentenciado su reinserción social y procurar que no vuelva a delinquir, fines establecidos en el numeral 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues ello le procurará mantener una preparación para coadyuvar a mejorar sus condiciones de vida sin menoscabo de la libertad de conciencia del sentenciado; por tanto, dicho informe se pone a la vista del sentenciado y su defensa, para que en su caso, hagan las manifestaciones correspondientes. Por lo anterior, infórmese el contenido del presente al Subdirector multicitado, ello mediante el libelo correspondiente Digitalícense y agréguese a la carpeta de ejecución el oficio y anexos de cuenta. Notifíquese el presente auto al sentenciado y a la Defensa, conforme a lo previsto por los numerales 82 a 89 del Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación supletoria a la ley de la materia Ciudad de México, 3 de diciembre del 2019
EL DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL
ESPECIALIZADA EN EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES
2, CON SEDE EN RECLUSORIO NORTE.
LIC. JUAN RAMÓN NOVOA HERNÁNDEZ.
12 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/NTE/2858/2019
Of. EJEC-NTE/74055/2019

SOLO CONSULTA
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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 12/12/2019

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date12/12/2019

Page count384

Edition count975

First edition01/09/2016

Last issue07/06/2022

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