Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 11/10/2018
Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.
Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México
BOLETÍN JUDICIAL No. 176
Avisos
Jueves 11 de octubre del 2018
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 66, fracciones I, IX y XXI, del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal Hoy Ciudad de México, de los Acuerdos dictados por los Consejeros Semaneros integrantes del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, en los expedientes administrativos VARIOS, ante la fe de la suscrita, siendo los siguientes:
NÚMERO DE
EXPEDIENTE
NOMBRE
FECHA DEL ACUERDO A
NOTIFICAR
VARIOS 169/2017 TOMO II
ADOLFO HILARIO PARRILLA CORZAS
18/09/2018, 28/09/2018 Y 08/10/2018
Ciudad de México, diez de octubre del dos mil dieciocho.-LA SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA
CIUDAD DE MÉXICO.-MTRA. ZAIRA LILIANA JIMÉNEZ SEADE.-Firma.
CIRCULAR CJCDMX 52/2018
ÓRGANOS JURISDICCIONALES, ASÍ COMO ÁREAS ADMINISTRATIVAS, DE APOYO JUDICIAL Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA, ASÍ COMO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA, AMBOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
PRESENTES
En cumplimiento a lo ordenado en el Acuerdo V-44/2018-BIS, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, el día a treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho este órgano colegiado con fundamento en el artículo 10, fracción I, del Reglamento Interior del propio Consejo determinó autorizar la modificación del primer párrafo del artículo 19 del Reglamento Interior del Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; aprobado mediante Acuerdo General 3427/2018, emitido en sesión de fecha veintiuno de junio de dos mil dieciocho; para quedar de la siguiente forma:
Dice:
Artículo 19.- La designación de los miembros del Comité Académico compete al Pleno del Consejo, con una duración de dos años en el cargo, pudiendo prorrogarse su nombramiento por un periodo igual.
El Comité Académico tendrá las facultades a las que se refiere el artículo 179 de la Ley, así como las establecidas en sus propios lineamientos y políticas.
Debe decir:
Artículo 19.- La designación de los miembros del Comité Académico compete al Pleno del Consejo, con una duración de dos años en el cargo, pudiendo prorrogarse su nombramiento por periodos de igual duración.
El Comité Académico tendrá las facultades a las que se refiere el artículo 179 de la Ley, así como las establecidas en sus propios lineamientos y políticas.
ATENTAMENTE
Ciudad de México, 10 de octubre de 2018
LA SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO DE
LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
MAESTRA ZAIRA LILIANA JIMÉNEZ SEADE
FIRMA
5