Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 7/9/2018

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

BOLETÍN JUDICIAL No. 154

Edictos
el Reclusorio Varonil Oriente de la Ciudad de México, ubicada en calle reforma número 50, Colonia San Lorenzo Tezonco, Delegación Iztapalapa, Código Postal 09800, toda vez que se encuentra señaladas las 12:00
doce horas del día 28 veintiocho de septiembre de la presente anualidad en la sala de oralidad número 03 a efecto de que se lleve a cabo la audiencia de revisión del beneficio de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; haciendo la precisión que dado el caso de que el justiciable aludido no acuda el día y hora indicado se le apercibe que se podría dejar sin efecto el beneficio concedido, así como declararlo sustraído a la acción de la justicia y previa petición del Ministerio Público se ordenaría su reaprehensión en términos del numeral 91
del Código Penal.
EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN
FUNCIONES DE JUEZ DE TRÁMITE.
LIC. SERGIO SIBAJA ESCOBAR.
7 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC-OTE/0538/2018 Of.
EJEC/OTE/29108/2018

Viernes 7 de septiembre del 2018

respecto al delito cometido en agravio de SARAÍ JIMÉNEZ
MÉNDEZ consistió en la restitución de la cantidad de $300.00 Trescientos pesos 00/100 Moneda Nacional, mientras que en el ilícito perpetrado en agravio de DAVID
SAHAGÚN AGUAYO se hizo consistir en la restitución de dos lunas de espejos laterales, sin embargo y toda vez que dicha cantidad y objetos fueron recuperados y entregados a sus propietarios se tuvo por satisfecha dicha pena pública; por otro lado no resultó procedente condenar al sentenciado de los conceptos previstos en el artículo 42 fracciones I, III, IV y V del Código Penal, por ambos delitos, por no existir datos de prueba que permitieran acreditar su existencia y su eventual cuantificación; en tal virtud dese vista a las partes para que, en la audiencia de mérito, realicen las manifestaciones que estimen pertinentes, relacionadas con la reparación del daño, lo anterior con fundamento en el artículo 118, párrafo último, de la Ley Nacional de Ejecución Penal. DERECHOS DE LA VÍCTIMA. A fin de salvaguardar los derechos de SARAÍ JIMÉNEZ MÉNDEZ Y DAVID SAHAGÚN
AGUAYO, previstos en el artículo 20 Apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los numerales 7 y 12 de la Ley General de Víctimas y 109 del Código Nacional de Procedimientos Penales, de aplicación supletoria, se designa de manera oficiosa para que asista a los mismos en la etapa de ejecución, al Asesor Jurídico adscrito a la Coordinación de Asesores Jurídicos Supervisores de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, a quien se le deberá hacer de su conocimiento el nombramiento conferido para los efectos legales procedentes; en el entendido de que quedan a salvo los derechos de las citadas víctimas, para nombrar a un Asesor Jurídico Particular, si así lo desean.
NOTIFICACIONES. En términos de los artículos 103 párrafo tercero y 118 párrafo último de la Ley Nacional de Ejecución Penal, así como en los diversos 82, 83, 84, 85, 87, 90 y 91 del Código Nacional de Procedimientos Penales, de aplicación supletoria, se ordena notificar al Agente del Ministerio Público, al Asesor Jurídico, a la Defensa, a las víctimas, y al sentenciado, el contenido del presente proveído, apercibidos los tres primeros, que para el caso de no comparecer el día y hora de la audiencia, se les impondrá, a cada uno, una medida de apremio consistente en multa por el equivalente a veinte 20 veinte veces la Unidad de Medida Actualizada vigente, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 fracción II inciso b del Código Nacional de Procedimientos Penales. Haciéndole del conocimiento a las víctimas SARAÍ JIMÉNEZ MÉNDEZ Y DAVID SAHAGÚN
AGUAYO que en caso de que no comparezcan a la audiencia señalada, esto no será impedimento para la celebración de la misma, en términos del artículo 124 párrafo quinto de la Ley Nacional de Ejecución Penal y los artículos 57 y 91
del Código Nacional de Procedimientos Penales. Así mismo, de tomar en cuenta que de las constancias que se remiten para el procedimiento de ejecución no se allega domicilio del ofendido DAVID SAHAGÚN AGUAYO únicamente del denunciante ANDRÉS SAHAGÚN VIDEZ, por tanto, a fin de agotar los medios necesarios para su notificación, con fundamento en los numerales 82, fracciones II y III, de la Ley Nacional de Ejecución Penal y 165 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de esta Ciudad, se ordena se lleve a cabo por edictos, lo que de igual manera deberá ser publicado en el Boletín Judicial; para tal efecto, envíese oficio de estilo al Director General de Anales y Jurisprudencia y Boletín Judicial de este Tribunal a fin de que se realice la publicación por única ocasión, lo que deberá acontecer al día siguiente a la recepción del mismo; así también, habrá de notificarse al citado ofendido a través de los estrados de la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales 2, sede en Reclusorio Norte. ASÍ
LO PROVEYÓ Y FIRMA EL LICENCIADO ANDRÉS MIRANDA
GONZÁLEZ, JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN
DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN
FUNCIONES DE JUEZ DE TRÁMITE.
7 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC-NTE/1536/2018 Of.
EJEC/OTE/29440/2018

TSJ CIUDAD
DE MÉXICO

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC-NTE/1536/2018
CARPETA JUDICIAL: 008/0573/2018
EDICTO No. 699
Sentenciado: JOSÉ MARTÍNEZ GÓMEZ
Delito: ROBO AGRAVADO
AUTO DE INICIO. En la Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2018. Téngase por recibido el oficio número UGJ9/31479/2018, signado por la Licenciada Jenny Ortiz Rebollo, Directora de la Unidad de Gestión Judicial Nueve del Sistema Procesal Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia, por medio del cual remite: 1. Copia autorizada de la sentencia de fecha 23 de agosto de 2018, emitida por la Licenciada Cecilia Ivón Hernández Fonseca, Jueza de Control del Sistema Procesal Penal Acusatorio, dentro de la carpeta judicial 009/1140/2017
y su acumulada 007/0117/2018, del índice de la Unidad de Gestión Judicial Nueve, seguida en contra del sentenciado SERGIO DAVID VELÁZQUEZ VELÁZQUEZ O
DAVID VELÁZQUEZ VELÁZQUEZ O DAVID VELÁZQUEZ
SÁNCHEZ, por los delitos de ROBO AGRAVADO DIVERSOS
DOS, cometidos en agravio de SARAÍ JIMÉNEZ MÉNDEZ
y DAVID SAHAGÚN AGUAYO. 2. Copia autorizada del auto de fecha 4 de septiembre de 2018, en el que se declara firme la sentencia dictada en procedimiento abreviado.
3. Copia certificada de 1 DVD que contiene el registro de audio y video de la audiencia de procedimiento abreviado y lectura y explicación de sentencia. 4. Un sobre cerrado que contiene los datos personales de las partes. Por tanto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 103 de la Ley Nacional de Ejecución Penal ya invocada: Se ordena el REGISTRO e INTEGRACIÓN DE LA CARPETA DE EJECUCIÓN
Bajo el número EJEC-NTE/1526/2018, esto de acuerdo con lo señalado por la Directora de la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales, a través del Sistema de Gestión Judicial Penal. FIJACIÓN
DE AUDIENCIA En merito a lo anterior, en términos de los artículos 82, 83, 85, 90 y 91 del Código Nacional de Procedimientos Penales, hágasele saber al sentenciado y a las restantes partes procesales, que se celebrará audiencia para la ejecución de la misma, la cual se ha programado a las 13:30 HORAS DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DE 2018, SALA DE AUDIENCIA 017, en la que aquel deberá dar el cumplimiento al fallo dictado en su contra, por tanto, se turna el presente asunto al Juez de Ejecución competente de acuerdo al Registro del Sistema de Gestión Judicial Penal BPM, que presidirá la audiencia oral y pública en la que se ejecutará la sentencia ya indicada, a quien habrá de informarse lo anterior.REPARACIÓN DEL DAÑO. En la sentencia relacionada con esta carpeta de ejecución se condenó al sentenciado a la reparación del daño material,
TSJ CIUDAD
DE MÉXICO

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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 7/9/2018

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date07/09/2018

Page count406

Edition count975

First edition01/09/2016

Last issue07/06/2022

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