Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 20/6/2018

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

BOLETÍN JUDICIAL No. 109

Edictos
nacional, por el plazo de 80 ochenta días naturales, el cual transcurrió del transcurrió del 28 veintiocho de octubre de 2017 dos mil diecisiete al 15 quince de enero de 2018 dos mil dieciocho, sin que al día de la fecha se haya presentado ante esta Unidad de Gestión Judicial a solicitar la entrega de tales certificados de depósito; por tanto, con fundamento en el artículo 55 del Código Penal para esta Ciudad, y al haber transcurrido en exceso dicho plazo, se determina el abandono de los citados certificados de depósito y se ordena enviar oficio a la Secretaría del Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia de esta Ciudad, remitiéndole los certificados de depósito en cuestión para que lleve a cabo el trámite respectivo y lo haga del conocimiento a esta Unidad de Gestión para estar en condiciones de dar por concluido el presente asunto. Por ello, en tanto que la Autoridad correspondiente informe respecto a la aplicación de los Billetes en cuestión y transcurra el término señalado en el artículo 37 antes invocado, se ordena la remisión temporal de esta Carpeta Judicial al Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México con fundamento en el artículo 150 fracción I de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de la Ciudad de México. Finalmente, notifíquese a las partes el presente proveído a través de los medios legales autorizados y por lo que hace a la víctima en cuestión deberá notificársele a través de estrados y edictos, como así lo dispone el numeral 55 del Código Penal para esta Ciudad, para lo cual gírese oficio al Director General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial de este H. Tribunal, a fin de que el edicto correspondiente sea notificado por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, ello con fundamento en el numeral 82 fracción II del Código Nacional de Procedimientos Penales. Así lo proveyó y firma el Juez del Sistema Procesal Penal Acusatorio en materia de Justicia para Adolescentes de la Ciudad de México en funciones de Juez de trámite.
Ciudad de México, 13 de junio del 2018
EL DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL EN
MATERIA DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DE LA
CIUDAD
LIC. LUIS DARÍO MOSCO GALICIA.
18-19-20 Sin Costo Carpeta Judicial UGJJA/58/2017 Of.
UGJJA/15460/2018

Miércoles 20 de junio del 2018

efecto de hacerle del conocimiento que se encontraban a su disposición los Billetes antes mencionados, transcurriendo en exceso el plazo de 80 ochenta días naturales, el cual transcurrió del 02 dos de junio al 22 veintidós de agosto del año 2017 dos mil diecisiete, sin que al día de la fecha se haya presentado ante esta Unidad de Gestión Judicial a solicitar la entrega de tales certificados de depósito; por tanto, con fundamento en el artículo 55 del Código Penal para esta Ciudad, y al haber transcurrido en exceso dicho plazo, se determina el abandono de los referidos Billetes de Depósito, por ende se ordena enviarlos a la Secretaría del Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia de esta Ciudad, para que lleve a cabo el trámite respectivo y lo haga del conocimiento a esta Unidad de Gestión para estar en condiciones de dar por concluido el presente asunto. En razón de ello, se ordena hacer del conocimiento a las partes que cuentan con el plazo de dos años para solicitar cualquier registro de la Carpeta Judicial y que de no hacerlo se procederá a su destrucción, como así lo dispone el artículo 37 párrafo segundo de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes que establece lo siguiente: Si la persona adolescente fuere absuelta mediante sentencia firme, el registro y los antecedentes se destruirán transcurridos tres meses contados desde que la sentencia quede firme. Antes del vencimiento de este plazo, la persona adolescente o su defensor podrán solicitar que estos registros se conserven íntegramente, cuando consideren que su conservación sea en su beneficio. Si el caso se resuelve mediante una salida alterna, los registros relacionados se destruirán dos años después de haberse cumplido con el acuerdo reparatorio o el plan de reparación de la suspensión condicional del procedimiento.
Ciudad de México, 14 de junio del 2018
EL DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL EN
MATERIA DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DE LA
CIUDAD
LIC. LUIS DARÍO MOSCO GALICIA.
20-21-22 Sin Costo Carpeta UGJJA/107/2016 Of.
UGJJA/15648/2018

TSJ CIUDAD
DE MÉXICO

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL EN MATERIA DE
EJECUCIÓN DE MEDIDAS SANCIONADORAS EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
CARPETA No. UGJEMS/CE/29/2018
EDICTO No. 4
toda vez que hasta el momento no se cuenta con algún dato que pudiera ayudar a localizar al pasivo Diego Gómez López, aun cuando se han atendido los requerimientos hechos por la Fiscalía y la Asesora Jurídica, por lo tanto con la finalidad de salvaguardar los derechos humanos de la víctima, notifíquesele a través de estrados y 3 tres publicaciones de edictos que se encuentra a su disposición el Billete de Depósito número V927254, expedido por el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros BASEFI, el cual ampara la cantidad de $500.00 quinientos pesos, por concepto de reparación del daño moral, a efecto de que se pronuncie en lo relativo a su renuncia o reclamo, en el entendido de que en caso de no hacerlo en el término de 20 veinte días naturales, contados a partir de la última publicación del edicto respectivo, causará abandono y se ordenará su aplicación en términos de ley, de conformidad al numeral 55 del Código Penal para la Ciudad de México, la Circular CJDF 35/2015 y el Acuerdo 13-34/2015 emitidos por el Pleno del Consejo de la Judicatura de esta Ciudad, precisándole que para realizar el pronunciamiento respectivo deberá acudir a la Unidad de Gestión Judicial de Ejecución de Medidas Sancionadoras, ubicada en calle James E. Sullivan, número 133, piso 7º, colonia San Rafael, código postal 06470, delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.
Ciudad de México, 18 de junio del 2018
EL DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL EN
MATERIA DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS SANCIONADORAS.
LIC. JAIME ALBERTO MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, 20-27-4 Sin Costo Carpeta UGJEMS/CE/29/2018 Of.
1734

TSJ CIUDAD
DE MÉXICO

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL EN MATERIA DE
JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DE LA CIUDAD
CARPETA JUDICIAL No. UGJJA/107/2016
EDICTO No. 3
Toda vez que de la constancia que antecede se desprende que se ordenó realizar una revisión minuciosa a la Carpeta Judicial UGJJA/107/2016 seguida al adolescente JOSUÉ
SÁNCHEZ SÁNCHEZ, por el hecho que la ley señala como delito de ROBO CALIFICADO, advirtiéndose que por auto de fecha en fecha 29 veintinueve de mayo del año 2017 dos mil diecisiete, se declaró la extinción de la acción penal y en consecuencia se decretó el sobreseimiento de la presente Carpeta Judicial, la cual, al no haber sido recurrida por las partes quedó firme en fecha 22 veintidós de junio del año 2017 dos mil diecisiete; así como que fue debidamente notificado el ofendido TEÓFILO BÁRCENAS MÉNDEZ, que se encontraba a su disposición los Billetes de Depósito V801372 y V801373, expedidos por el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros S.N.C. BANSEFI, por la cantidad de $750.00 setecientos cincuenta pesos 00/100
moneda nacional y $200.00 doscientos pesos 00/100
moneda nacional respectivamente, sin que presentara ante esta Unidad Judicial; sin embargo como se detalla en la constancia y con motivo de la suspensión de actividades y reubicación de esta Unidad de Gestión Judicial, se dejó sin actividad procesal a esta causa para darle continuidad a los asuntos de carácter urgente; por lo que a efecto de dar continuidad a los trámites pendientes hasta su conclusión y al advertirse que el ofendido TEÓFILO BÁRCENAS MÉNDEZ, fue notificado mediante estrados y edictos los cuales fueron publicados los días 31 treinta y uno de mayo, 01 uno y 02 dos de junio del año 2017 dos mil diecisiete, para el
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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 20/6/2018

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date20/06/2018

Page count392

Edition count975

First edition01/09/2016

Last issue07/06/2022

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