Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/07/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 111

15 de Julio de 2020

3333

FUNDACIÓN ZENObIA-JUAN RAMÓN JIMéNEZ
ANUNCIO
Por Resolución de la Presidencia del Consorcio Administrativo Fundación Zenobia-Juan Ramón Jiménez, de fecha 10 de julio de 2020, se han aprobado las presentes Bases que han de regir la Convocatoria para la contratación temporal de un/una Guía Turística para la Casa-Museo Juan Ramón Jiménez, signiicando que contra la presente Resolución, que pone in a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, conforme a lo dispuesto en el artículo 114.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa:
bASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL
DE UN/UNA GUÍA TURÍSTICA PARA LA CASA-MUSEO JUAN RAMÓN JIMéNEZ.
PRIMERA. Objeto.
Es objeto de las presentes Bases regular el proceso de selección para la contratación en régimen laboral y temporal de un/una guía para la Casa-Museo Zenobia-Juan Ramón Jiménez de Moguer.
En este sentido, las funciones serán, con carácter general, las derivadas de su categoría profesional conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015 del Estatuto del Empleado Público y Real Decreto Ley 2/2015 del Estatuto de los Trabajadores.
SEGUNDA. Normativa.
Será de aplicación preferente al presente procedimiento selectivo, las presentes Bases, y en su defecto lo dispuesto en los preceptos establecidos en la normativa aplicable.
TERCERA. Requisitos de las personas aspirantes.
1º. Para ser admitidos/as en el presente proceso las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a Requisitos de nacionalidad. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. En el supuesto de que la persona acredite discapacidad, deberá acreditarse la compatibilidad de ésta con el desempeño de las tareas del puesto al que se pretende acceder.
c Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
d No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e No hallarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad, establecidos legalmente.
f Estar en posesión del título de Graduado/a en la E.S.O., F.P.1 o título equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de solicitudes.
A estos efectos, se entenderá por estar en condición de obtenerlo, el haber abonado los derechos correspondientes a su expedición.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la documentación que acredite su homologación por el Ministerio competente.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 15/07/2020 a las 00:00:12
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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/07/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

CountrySpain

Date15/07/2020

Page count28

Edition count2324

First edition02/01/2014

Last issue19/06/2023

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