Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/07/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
4720
15 de Julio de 2019
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 134
VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS
ANUNCIO
Habiendo constatado que el acuerdo adoptado por el pleno del Ayuntamiento en la sesión plenaria celebrada el día 30 de noviembre de 2017, referente a la modicación del artículo 7 de la ordenanza reguladora de la bolsa de empleo de trabajo temporal, como consecuencia del requerimiento de anulación formulado por la delegación del gobierno de la Junta de Andalucía que fue aceptado expresamente por acuerdo del pleno del Ayuntamiento de fecha 28 de septiembre de 2017, no ha sido publicado en el B.O.P. de Huelva para general conocimiento, mediante el presente anuncio se subsana el trámite omitido.
El texto del anuncio es el siguiente:
Primero: De conformidad con el acuerdo aprobado por el pleno del Ayuntamiento, en la sesión plenaria de fecha 28 de septiembre de 2017, anular el inciso f artículo 7 de la ordenanza municipal reguladora de la bolsa de empleo de trabajo temporal que queda redactada en los siguientes términos:
Artículo 7.- Requisitos.
1. Las personas aspirantes deberán reunir a la fecha de nalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
b Tener la nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea.
En caso de tratarse de extranjeros no comunitarios, deberán contar con permiso de residencia o permiso de trabajo, que habrá de aportarse a la solicitud.
c No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes al puesto solicitado.
d No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
e Estar en posesión del título que para cada tipo de plaza se indica en el Anexo I. La no observancia de todos y cada uno de los requisitos excluye a la persona candidata, bien de su participación en la selección, o bien de su contratación si hubiese sido seleccionada.
Segundo: Se modica al anexo I, categoría A, área de administración y ocinas, que queda redactado de la siguiente forma:
PERSONAL DE APOYO POR CIRCUNSTANCIAS DE ACUMULACIÓN DE TAREAS SIN INCIDENCIA
EN LA ACTIVIDAD EXTERNA DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
Formación profesional en Gestión Administrativa o equivalente.
AGENTE OFICINA DE COLOCACIÓN Estudios universitarios
- Formación complementaria - Formación complementaria
Tercero: Publicar el presente acuerdo en el B.O.P. de Huelva para general conocimiento y noticarlo a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva a los efectos oportunos.
En Villanueva de los Castillejos, a 24 de junio de 2019.- La Alcaldesa-Presidenta. Fdo.: Dolores Ruíz Beltrán.
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 15/07/2019 a las 10:00:52
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