Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/03/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 11 de marzo de 2022

Sección
Oficial DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 216/2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 9 de Marzo de 2022
VISTO el EX-2022-04742514-GDEBA-SSHMHYFGP del Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante el cual se propicia modificar el artículo 6 del Decreto N 50/22, y CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de la sanción de la Ley N 15.310 -Presupuesto General Ejercicio 2022- se dictó el Decreto N
50/22, por el cual se establece el marco normativo general para la programación presupuestaria del Ejercicio 2022;
Que, de conformidad con el artículo 6 del citado decreto, aquellos subsidios que se otorguen en el marco de los actos administrativos de excepción al artículo 15 y 16 del Anexo Único del Decreto Nº 467/07 y modificatorios, cuyos montos superen, individualmente considerados, la suma de pesos quinientos mil $500.000, deben ser aprobados por el Poder Ejecutivo, previa intervención de la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que se exceptúa de lo establecido en el párrafo que antecede a aquellas reparticiones que, por el objeto de la asistencia financiera y/o la naturaleza del subsidio o subvención que otorguen, puedan aprobar por Resolución Ministerial aportes no reembolsables por encima de la suma máxima de pesos quinientos mil $500.000;
Que dicho límite encuentra su origen en el artículo 7 del Decreto N 1/08 -Marco Normativo General de Programación para el Ejercicio 2008- habiendo pasado 14 años desde su dictado;
Que, en atención al tiempo transcurrido -así como a la consecuente necesidad de buscar alternativas para brindar una asistencia integral por el Estado provincial a personas humanas y jurídicas en materia de asistencia financiera en pos de la inclusión social y el impulso del desarrollo local y regional bonaerenseresulta oportuno actualizar el límite establecido en el artículo 6 del Decreto N 50/22, llevándolo a un máximo de pesos cinco millones $ 5.000.000;
Que dicha actualización del monto permitirá reducir las excepciones a la norma referenciada;
Que, por otra parte, la Ley N 15.164 Texto según Ley N 15.309 atribuye al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano competencias específicas vinculadas a las políticas públicas en materia de vivienda y desarrollo urbano, encomendándole la supervisión y coordinación del Instituto de la Vivienda y del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana;
Que, en los términos de la citada normativa, corresponde al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano entender en la generación y promoción de políticas públicas habitacionales, de urbanizaciones sociales y de procesos de regularización de barrios, abordando integralmente la diversidad y complejidad de la demanda urbanohabitacional;
Que, frente a la situación de emergencia habitacional en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, resulta de interés primordial adoptar decisiones y, en consecuencia, habilitar mecanismos tendientes a superar, en el menor tiempo posible, el problema habitacional de un amplio sector de la población, de bajos ingresos y/o limitada capacidad de ahorro, a través de la ejecución mancomunada de acciones;
Que, en el marco de la nueva reestructuración del Estado provincial, a partir de las modificaciones originadas por la Ley N
15.309, resulta necesario incluir al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano y al Instituto de la Vivienda dentro de las excepciones previstas por el artículo 6 del Decreto N 50/22, a fin de cumplir adecuadamente con las competencias a su cargo;
Que, en esta oportunidad, resulta menester actualizar el límite de monto de los subsidios y/o subvenciones que otorga el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad a los municipios en el marco del Programa Juegos Bonaerenses;
Que los mencionados Juegos Bonaerenses tienen como objetivo principal incluir e integrar a los/as jóvenes, a los/as adultos/as mayores, a los/as estudiantes universitarios/as y a las personas con discapacidad pertenecientes a los ciento
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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/03/2022 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date11/03/2022

Page count121

Edition count3392

First edition02/07/2010

Last issue12/06/2024

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