Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/11/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 03 de noviembre de 2021

Sección
Oficial DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N 970/2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 2 de Noviembre de 2021
VISTO el expediente EX-2021-25817393-GDEBA-DPTDIV por el cual tramita la modificación del Decreto Nº 635/21, y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 635/21 establece un régimen de determinación de los precios que se coticen en los contratos de obra pública destinados a la construcción de viviendas, así como en los programas o planes sociales de construcción o mejoramiento de viviendas financiados por el Estado provincial;
Que, en ese marco, la normativa citada precedentemente dispone que los contratos se denominarán en pesos y su equivalente en Unidades de Vivienda UVI, conforme la Ley Nacional Nº 27.271;
Que el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos ha sido designado Autoridad de Aplicación, estando facultado para dictar normas interpretativas, aclaratorias, complementarias y operativas necesarias a los fines de la aplicación del nuevo régimen;
Que la situación habitacional exige una inmediata adopción de medidas tendientes a lograr un sistema ágil y eficiente que permita ejecutar de un modo más dinámico las obras y homogeneizar los procedimientos de determinación de los precios con los lineamientos dictados por el Gobierno nacional mediante la Ley Nº 27.397;
Que, asimismo, dadas las características especiales de este tipo de construcciones y las modalidades con relación al tipo de financiamiento de los programas y/o planes sociales de construcción o mejoramiento de viviendas, resulta necesario y conveniente investir al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires como Autoridad de Aplicación, modificando el artículo 6º del Decreto Nº 635/21 en pos de la concreción de los objetivos planteados precedentemente;
Que se ha expedido favorablemente el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires;
Que dada la naturaleza de la medida adoptada, corresponde comunicar a la Honorable Legislatura;
Que han tomado intervención en razón de sus competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 11 de la Ley Nº 15.164 y 144 proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 6º del Decreto Nº 635/2021, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 6. Designar Autoridad de Aplicación al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, facultándolo a establecer la Metodología de Determinaciones de Precios en los Contratos de Obra Pública destinados a Vivienda, pudiendo dictar las normas interpretativas, aclaratorias, complementarias y operativas necesarias a los fines de la aplicación del nuevo régimen.
ARTÍCULO 2. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura y Servicios Públicos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3. Comunicar a la Honorable Legislatura.

SECCIÓN OFICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/11/2021 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date03/11/2021

Page count109

Edition count3381

First edition02/07/2010

Last issue28/05/2024

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